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    <title>El Marplatense</title>
    <subtitle>Contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata</subtitle>
    <updated>2026-05-07T16:35:06+00:00</updated>
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            Fallo judicial a favor del SIMAPE: “Evita daños ilegítimos e inconstitucionales para los trabajadores”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/APo-t586zNagemvVzEzefo-uFDc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2020/04/barcos-puerto-muelle-somu-01.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras conocerse el fallo de la Justicia que hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Sindicato Marítimo de Pescadores (SIMAPE) y la suspensión a la aplicación de artículos de la reforma laboral, desde el gremio su titular, Pablo Trueba, manifestó que ahora “tenemos libre derecho de huelga y tampoco se nos va a aplicar la limitación temporal en los convenios colectivos de trabajo”.</p><p>La resolución fue dictada por el juez laboral Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°63, en el marco de un amparo impulsado por el sindicato. En diálogo con El Marplatense, Trueba explicó que la presentación judicial cuestionó tres aspectos centrales de la reforma: “La exclusión del personal embarcado dentro de la Ley de Contrato de Trabajo”, “la inconstitucionalidad de la negación al derecho a huelga” y “la ultraactividad de los convenios”.</p><p>El dirigente recordó que el expediente tuvo inicialmente un dictamen favorable en Mar del Plata, en el juzgado federal de Alfredo López, con respaldo del Ministerio Público Fiscal. Posteriormente, la causa fue remitida al juzgado de Ojeda, en Buenos Aires, donde también tramitan los amparos impulsados por la CGT contra distintos artículos de la reforma laboral.</p><p>Según detalló, el magistrado entendió que correspondía otorgar una cautelar para evitar “daños lesivos, ilegítimos, arbitrarios e inconstitucionales” hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.</p><p>En el fallo, Ojeda suspendió la aplicación de artículos de la Ley 27.802 vinculados al régimen laboral del personal embarcado y advirtió sobre la existencia de una “incertidumbre jurídica” que podría derivar en perjuicios irreparables para los trabajadores marítimos. Además, aclaró que el planteo del SIMAPE tiene características específicas vinculadas al sector pesquero y resulta independiente de la causa iniciada por la CGT.</p><p>Trueba sostuvo que la medida implica que los trabajadores nucleados en el sindicato vuelven a quedar alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo mientras dure la cautelar. “El SIMAPE se encontraba excluido de la norma de la Ley de Contrato de Trabajo, hoy no lo está”, afirmó.</p><p>Asimismo, remarcó que “tenemos libre derecho de huelga y tampoco se nos va a aplicar la limitación temporal en los convenios colectivos de trabajo”. El dirigente sindical insistió en que los artículos cuestionados vulneran garantías constitucionales y derechos históricos del sector marítimo: “Primero dejarnos fuera de una ley, segundo limitarnos al derecho a huelga, que está dentro de la Constitución, y la ultraactividad de los convenios”.</p><p>Desde el gremio consideraron que el fallo representa un antecedente importante dentro de la avanzada judicial de distintos sindicatos marítimos y pesqueros contra la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional. En las últimas semanas, organizaciones como el SOMU y el Centro de Patrones también promovieron acciones judiciales similares para frenar cambios vinculados a la actividad embarcada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/APo-t586zNagemvVzEzefo-uFDc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2020/04/barcos-puerto-muelle-somu-01.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Lo manifestó el titular del gremio, Pablo Trueba. Dijo que a recuperan el “derecho de huelga” no se les va a aplicar “la limitación temporal en los convenios colectivos de trabajo”.]]>
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                <published>2026-05-07T16:32:43+00:00</published>
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            Punta Mogotes: la Justicia local dictó una cautelar y advirtió sobre el litigio a quienes participen del nuevo convenio
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gx8TsFlkpHtIaVqX50qo-TMFKTs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/10/punta_mogotes.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El conflicto judicial por la administración de Punta Mogotes sumó un nuevo capítulo. Luego de que la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata rechazara un recurso extraordinario presentado por la provincia de Buenos Aires, el expediente volvió al Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1, que ahora dispuso una medida cautelar preventiva solicitada por la Municipalidad de General Pueyrredon.</p><p>La resolución, firmada por el juez Simón Francisco Isacch, ordena poner en conocimiento al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense, a la administración de Punta Mogotes y al Colegio de Arquitectos de la Provincia sobre la existencia del proceso judicial, con el fin de preservar la situación jurídica del predio mientras se define su restitución a la órbita local.</p><p>El fallo se dictó luego de que el Municipio denunciara un nuevo expediente administrativo iniciado por la Provincia para celebrar un convenio de colaboración con el Colegio de Arquitectos, destinado a impulsar un concurso de ideas y proyectos urbanísticos en el complejo. Desde la comuna advirtieron que ese acuerdo podría alterar el “status quo” del predio y comprometer su administración mientras el litigio continúa.</p><p>En su resolución, el magistrado consideró “verosímiles los fundamentos invocados por la actora” y sostuvo que la medida cumple una función preventiva y de publicidad, destinada a alertar a potenciales terceros sobre la existencia del proceso judicial. “La cautela permitirá evitar que quienes contraten sobre el Complejo Punta Mogotes puedan invocar buena fe frente al Municipio”, fundamentó.</p><p>El expediente, caratulado “Municipalidad de General Pueyrredon c/ Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión de Restablecimiento o Reconocimiento de Derechos” (causa Nº 32496), busca la restitución del complejo al Municipio luego del pago en consignación de más de $14 millones previsto por la ley 10.233. El conflicto se remonta al convenio original firmado en 1980, que estableció una administración conjunta entre la Provincia y el Gobierno municipal, y cuya vigencia hoy está en discusión.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gx8TsFlkpHtIaVqX50qo-TMFKTs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/10/punta_mogotes.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El juez Simón Isacch resolvió que se notifique a la Provincia, a la administración de Punta Mogotes y al Colegio de Arquitectos sobre la existencia del proceso judicial.]]>
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                                <updated>2026-03-19T18:08:23+00:00</updated>
                <published>2025-10-17T19:26:43+00:00</published>
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