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    <title>El Marplatense</title>
    <subtitle>Contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata</subtitle>
    <updated>2026-03-19T18:08:23+00:00</updated>
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            La CGT local celebró el fallo judicial que suspendió el DNU que limitaba el derecho a huelga
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7wFHFebir0CrPq4ocLvbbvUbTzU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/04/cgt.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El secretario adjunto de la CGT regional Mar del Plata, Miguel Guglielmotti, respaldó este martes el fallo de la Justicia Nacional del Trabajo que suspendió los artículos centrales del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, que restringía el derecho a huelga para trabajadores y trabajadoras.</p><p>“El decreto era absolutamente inconstitucional. Violaba el artículo 14 bis de nuestra Constitución y el convenio 87 de la OIT, del cual Argentina es signataria. Claramente había una nueva vulneración de derechos hacia la clase trabajadora”, sostuvo Guglielmotti en diálogo con El Marplatense.</p><p>El sindicalista explicó que el fallo fue dictado por la jueza Moira Fulana, a partir de una presentación realizada por los equipos jurídicos de la CGT nacional. “Esperábamos esta resolución, porque fue el mismo fuero que anuló todo el capítulo laboral del DNU 370/2023”, recordó.</p><p>El DNU 340/2025 introducía una nueva figura, la de “actividades de importancia trascendental”, que junto con las ya existentes “actividades esenciales” establecía porcentajes mínimos de prestación laboral durante las huelgas: 70% para las esenciales y 50% para las de trascendencia. “En definitiva, con estas condiciones se inhabilitaba a la totalidad de los gremios a ejercer el derecho constitucional de huelga”, señaló el dirigente gremial.</p><p>Para Guglielmotti, el gobierno nacional impulsó esta medida “más para instalar un tema que por su efectividad real, porque ya se sabía que iba a ser rechazada por la Justicia”. Y agregó: “Con estos DNU también buscan interferir en la vida interna de los sindicatos, sobre todo en un contexto donde quieren complicar o perjudicar a las asociaciones sindicales en sus procesos electorales”.</p><p>La CGT a nivel nacional había advertido desde la publicación del decreto que recurriría a la vía judicial por considerarlo inconstitucional, lo que fue ratificado con esta sentencia judicial que frena, al menos de manera provisoria, su aplicación.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7wFHFebir0CrPq4ocLvbbvUbTzU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/04/cgt.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Miguel Guglielmotti, secretario adjunto, calificó al decreto como “inconstitucional” y advirtió que el Gobierno busca “instalar temas que vulneran derechos laborales y complican la vida sindical”.]]>
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                                <category term="locales" label="Locales" />
                <updated>2026-03-19T18:08:23+00:00</updated>
                <published>2025-06-03T23:05:33+00:00</published>
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            La Justicia hizo lugar a un reclamo de la CGT y suspendió el DNU de Milei que limitaba el derecho a huelga
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cJKDq5_Koi0f8qoCYK11oy8S4wg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2024/04/manifestacion.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia laboral hizo lugar a un pedido de la CGT y suspendió el DNU de Javier Milei que limitaba el derecho a huelga.</p><p>La jueza Moira Fullana ordenó este lunes suspender provisoriamente los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto de necesidad y urgencia 340/2025.</p><p>Con este decreto, el Gobierno había ampliado la cantidad de actividades esenciales que debía garantizar un funcionamiento de entre 50 y 75% de manera obligatoria en caso de conflicto.</p><p>“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes&nbsp;garantías de prestación de servicios mínimos”, indicó el artículo 3 del decreto, que modifica el artículo 24 de la Ley N° 25.877.</p><p>El texto precisó: “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales,&nbsp;en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75%&nbsp;de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de&nbsp;importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al&nbsp;50%”.</p><p>El DNU causó un profundo rechazo por parte de las centrales sindicales, que presentaron un amparo judicial a fines de la semana pasada.</p><p>Entre los fundamentos del amparo, la CGT sostenía que el decreto 340 reglamentaba "de manera restrictiva el derecho a huelga, ampliando arbitrariamente la lista de actividades consideradas ´servicios esenciales´“.</p><p>También habían planteado que el decreto imponía niveles mínimos de prestación (del 75% al 50%) que, en los hechos, “imposibilitan el ejercicio legítimo de las medidas de fuerza”.</p><p>Los líderes de la central obrera sostuvieron que la medida planteada por el Gobierno viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga.</p><p>Fuente: TN</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cJKDq5_Koi0f8qoCYK11oy8S4wg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2024/04/manifestacion.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La jueza Moira Fullana aceptó la cautelar de la central obrera. En su planteo, los líderes sindicales sostuvieron que el decreto del Gobierno viola el artículo 14 bis de la Constitución y convenios internacionales de trabajo.]]>
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                <published>2025-06-02T15:57:38+00:00</published>
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