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    <title>El Marplatense</title>
    <subtitle>Contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata</subtitle>
    <updated>2026-04-28T21:04:59+00:00</updated>
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            Revés para la CGT: la causa por la reforma laboral no pasará al fuero laboral
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oQmUwbRcElOkOW5fLWge6HHdMUU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/03/cgt_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió hoy que la causa iniciada por la CGT contra el Estado Nacional por la constitucionalidad de la reforma laboral deberá tramitarse en ese fuero y no en la Justicia Nacional del Trabajo, en un fallo que representa un revés para la central obrera.</p><p>La decisión, en línea con el planteo de la Casa Rosada, fue firmada por los jueces Rogelio Vincenti y Marcelo Daniel Duffy, integrantes de la Sala IV.</p><p>El conflicto se originó cuando el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°12 se declaró competente para intervenir en la causa, criterio que fue rechazado por el Juzgado Nacional del Trabajo N°63, que pretendía remitir el expediente a la Cámara del Trabajo.</p><p>Ante esa disputa, la Cámara intervino para dirimir la contienda y determinó que el expediente debe continuar en el fuero contencioso administrativo federal, en línea con lo establecido en la ley 26.854 y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.</p><p>En su resolución, el tribunal cuestionó el trámite adoptado por el juzgado laboral al considerar que se apartó del procedimiento previsto y generó un conflicto innecesario que afecta la celeridad del proceso.</p><p>Al analizar el caso, los camaristas sostuvieron que la causa involucra aspectos federales que exceden el ámbito del derecho laboral, como la validez de una ley del Congreso y la organización de la competencia judicial, lo que justifica la intervención del fuero contencioso administrativo.</p><p>Para la central obrera, la decisión representa un escenario adverso, ya que considera que ese fuero es más proclive a convalidar la normativa impulsada por el gobierno de Javier Milei. No obstante, tanto la CGT como el Ejecutivo prevén que el caso tendrá un recorrido judicial que culminará en la Corte Suprema.</p><p>Fuente: con información de Noticias Argentinas</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oQmUwbRcElOkOW5fLWge6HHdMUU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/03/cgt_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El tribunal sostuvo que el caso involucra cuestiones federales y debe seguir en el fuero contencioso administrativo.]]>
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                <updated>2026-04-28T21:04:59+00:00</updated>
                <published>2026-04-28T20:59:00+00:00</published>
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            Causa YPF: “Representa un golpe financiero a la estabilidad de nuestro país”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/A5R315sd2yhb526jhNixabFboBk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2023/12/ypf.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia norteamericana define por estas horas si Argentina tiene que entregar el 51% de las acciones que tiene en la petrolera YPF. Para la abogada Cynthia Castro, especialista en el tema, las implicancias del caso son graves, ya que “va a representar no solamente un golpe político a este Gobierno, sino también un duro golpe económico”.</p><p>Castro explicó que el caso se dirime en una corte extranjera, porque “los accionistas minoritarios que están requiriendo las acciones que se expropiaron en el 2012 son extranjeros, YPF cotiza en bolsa y la bolsa está en Nueva York”. Y recordó que el reclamo es genuino porque a la hora de la expropiación “se saltearon lo que indicaba el estatuto de YPF, que fue aprobado cuando la empresa fue privatizada”.</p><p>En diálogo con Los datos del día, por Radio Mitre Mar del Plata, la abogada destacó en ese sentido que el estatuto incluía una cláusula que establecía que “frente a la toma de control del 51% se debía realizar una oferta pública de adquisición a todos los accionistas minoritarios, adquiriendo sus acciones en las mismas condiciones que se ofrecían al accionista mayoritario, que en ese momento era la petrolera española Repsol”.</p><p>Al respecto, Castro clarificó la duda que surge al pensar qué prevalece, si el estatuto o la ley de expropiación. Y si bien la expropiación se realizó por los canales normativos constitucionales válidos en este momento y se le pagó a Repsol como decían la Constitución y la ley de expropiación, sin embargo “al momento de la expropiación no solamente estaba Repsol y no se podía obviar un estatuto de una firma, porque uno no puede violar las relaciones contractuales que existen”.</p><p>La letrada señaló que “el Estado argentino negoció y pagó una compensación” a Repsol, que tenía la mayoría, pero “no extendió esa oferta a los demás accionistas”. Por lo tanto, esto fue interpretado por los demandantes como “un incumplimiento de contrato porque la cláusula estaba regida por la ley del Estado de Nueva York”, lo que permitió iniciar acciones judiciales en tribunales estadounidenses.</p><p>Castro enfatizó que los fundamentos de los accionistas minoritarios se basan en “la violación de los términos estatutarios”, ya que la operación “modificó absolutamente el control de la compañía”. Bajo su óptica si bien “teníamos que recuperar la soberanía”, el problema es que no se podía “olvidar esto que acarrea consecuencias absolutamente graves para todos los argentinos: representa un golpe financiero a la estabilidad de nuestro país”.</p><p>Al respecto, la abogada advirtió que las implicancias del caso son graves, ya que “va a representar no solamente un golpe político a este gobierno, sino también un duro golpe económico”. Y que “el plan que tiene el presidente de usar YPF y el desarrollo de Vaca Muerta como palanca de estabilización económica se va a derrumbar porque vamos a dejar de tener la soberanía del 51% sobre YPF”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/A5R315sd2yhb526jhNixabFboBk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2023/12/ypf.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Por estas horas la Justicia de Estados Unidos tiene que decidir el futuro de las acciones que tiene Argentina en su poder. “Acarrea consecuencias absolutamente graves para todos los argentinos”, dijo la abogada Cynthia Castro.]]>
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                <updated>2026-03-19T18:08:23+00:00</updated>
                <published>2025-08-12T22:58:22+00:00</published>
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            “Un fallo contra Kicillof”: Milei anticipó que apelará la sentencia que obliga a la Argentina a entregar las acciones de YPF
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L811JYcI-SM9IPISkIpzXpfzBLI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/06/javier_milei_madrid_economic_forum.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente Javier Milei anticipó a través de un posteo su cuenta de X que apelará el fallo de la jueza Loretta Preska, del segundo distrito de Nueva York, que ordena a la República Argentina a entregar el 51% de las acciones de YPF como parte de pago a los beneficiarios del juicio por la expropiación de la petrolera en 2012.</p><p>“Un fallo contra Kicillof”, comienza la publicación del jefe de Estado en referencia a quien era en su momento el viceministro de Economía de Cristina Fernández de Kirchner y encabezó la estrategia para expropiar la empresa, que en ese momento pertenecía a Repsol.</p><p>“Nos acabamos de enterar que la jueza Preska falló contra el Estado argentino en el caso de la expropiación de YPF. Independientemente de la cuestión de fondo, haber llegado a esta situación del país, es responsabilidad directa del inútil soviético de Axel Kicillof cuando era ministro de Economía durante la segunda presidencia de la condenada de CFK”, escribió el presidente.</p><p>“Lamentablemente, no le alcanzó con arruinar la economía argentina, así que ahora se está encargando de destruir la provincia de Buenos Aires”, agregó.</p><p>“Al margen de la imbecilidad de Kicillof y todos los que nos gobernaron antes, sepan todos los argentinos que vamos a apelar este fallo en todas las instancias que corresponda para defender los intereses nacionales. Pasaron más de 10 años y los argentinos seguimos sufriendo las consecuencias del peor gobierno de la historia argentina. PD: yo avisé que el soviético es un pelotudo!”, concluyó el mandatario.</p><p>Se trata de una sentencia que el país podrá apelar y está encuadrada en la demanda por la que el Estado ya fue condenado a pagar más de USD 16.000 millones. La apelación deberá llegar rápido porque el fallo indica que las acciones se entreguen en un lapso de 15 días.&nbsp;</p><p>El fondo Burford Capital, principal beneficiario del fallo condenatorio contra el país, había pedido en abril de 2024 el control de las acciones que ahora le fue otorgado. También había solicitado embargos y otras medidas, todas apuntadas a lo que fuentes vinculadas con el caso definieron siempre como “presiones para negociar”. Es que Burford compró los derechos a litigar de esta causa que ya lleva una década y por la cual el país tuvo varios reveses en las cortes de EEUU.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L811JYcI-SM9IPISkIpzXpfzBLI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/06/javier_milei_madrid_economic_forum.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente insultó al gobernador bonaerense y criticó su accionar en relación con la petrolera a través de un posteo en su cuenta de X.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-06-30T19:45:03+00:00</updated>
                <published>2025-06-30T19:44:53+00:00</published>
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            Farmaceúticos celebran el fallo que frena la venta de medicamentos fuera de las farmacias
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/181iv7YaUmGrfA6RIPCRTyI_w9w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2024/10/prepagas_obras_sociales_farmacias.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA), con el objetivo de suspender los efectos de diversos artículos del Decreto del Gobierno nacional que desregulaba la venta de medicamentos y la habilitaba fuera de las farmacias.</p><p>Desde las entidades, celebraron a través de un comunicado la decisión y señalaron que “frena el avance de normas que ponían en riesgo la salud pública, defendiendo el rol del profesional farmacéutico y ratificando que el medicamento no es una mercancía más”. Además, reconocieron que el decreto “afectaba directamente la organización del servicio farmacéutico, el ejercicio profesional de los farmacéuticos y el derecho a la salud de la población”.</p><p>“La sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial”, indicaron desde las entidades y recordaron que “el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico”.</p><p>“En efecto, se pone de manifiesto que el DNU suspendido desatendía esta función esencial, al habilitar la venta de medicamentos fuera de farmacias, flexibilizar las condiciones de habilitación, reducir controles y permitir la intervención de personas no formadas ni capacitadas profesionalmente”.</p><p>En el fallo del Tribunal se concluyó que “la vigencia de los artículos cuestionados podría producir perjuicios graves e irreparables, tanto sobre la salud pública como sobre los derechos profesionales de los farmacéuticos”.</p><p>Por lo tanto, desde COFA y FEFARA celebraron lo que consideraron un “importante paso en la defensa del derecho a una atención farmacéutica segura y profesional, que pone en el centro de la política sanitaria al paciente. Este fallo refuerza la legitimidad de nuestra lucha por una farmacia centrada en la salud, la seguridad del medicamento de manos de un profesional farmacéutico, pilares esenciales de un sistema sanitario justo, accesible y con equidad”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/181iv7YaUmGrfA6RIPCRTyI_w9w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2024/10/prepagas_obras_sociales_farmacias.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Confederación Farmacéutica Argentina y la Federación Farmacéutica destacaron la decisión de la Justicia. “Reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial”, indicaron.]]>
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                <updated>2026-03-19T18:08:23+00:00</updated>
                <published>2025-04-28T22:59:50+00:00</published>
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            La Corte de EE.UU. falló contra Argentina y fondos de inversión podrán ejecutar embargos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/X89R0Pkk-Xv1Bx13_25YJ-RuC8U=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/01/corte_supremia_eeuu.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de los Estados Unidos rechazó la apelación solicitada por la República Argentina para evitar un fallo adverso que habilita a un grupo de acreedores a embargar activos soberanos por un monto estimado en 310 millones de dólares. Estos activos, depositados en una cuenta del Banco Central de la República Argentina (BCRA) en la Reserva Federal de Nueva York, están asociados a los bonos Brady, emitidos en la década de 1990 y vencidos en marzo de 2023.</p><p>“Los acreedores pronto tomarán posesión de USD 310 millones depositados en cuentas de la Reserva Federal de Nueva York en los EE.UU., Alemania y Suiza. Esta es la segunda derrota de la República Argentina ante una Corte Suprema en los últimos 3 meses. En octubre, la Corte Suprema del Reino Unido falló en contra del país en el caso Cupón PBI”, escribió Sebastián Maril, de Latin Advisors.</p><p>“Ahora los beneficiarios del fallo enviarán un pedido de embargo a la jueza Loretta Preska para que ella lo autorice y esa autorización sea presentada en las mesas de entrada de la Reserva Federal de Nueva York, en las sucursales que tiene Nueva York, en Alemania y no sé en qué parte de Suiza. Con eso ya tomarán posesión de los 310 millones de dólares, pero eso no cubre la totalidad del pago, que es cerca de 450 millones de dólares”, explicó Maril.</p><p>Según detalló Maril, se trata de un grupo de cinco o seis fondos, holdouts, que aún no cobraron una vieja la sentencia del juez Thomas Griesa. Como Argentina no pagó, en conjunto tienen 450 millones de dólares en demandas y en sentencias firmes. Habían pedido el embargo del colateral de los bonos Brady que Argentina aún tiene en la Reserva Federal de Nueva York, USD 250 millones; y en Basilea, unos 58 millones de euros.</p><p>La defensa argentina sostiene que estos activos son propiedad del Banco Central de la República Argentina y no del Estado, lo que los eximiría de ser utilizados para el pago de deudas soberanas, según la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras de los Estados Unidos. Además, argumenta que los títulos en cuestión no pueden ser considerados como parte de una actividad comercial, otro elemento que, de acuerdo con la legislación internacional, debería garantizar su inmunidad frente a embargos.</p><p>La jueza Preska, sin embargo, rechazó estos argumentos. En su fallo de agosto de 2022, ratificado este año por la Corte de Apelaciones, sostuvo que los derechos de reversión asociados a los bonos Brady pertenecen al Estado argentino, no al BCRA. Además, argumentó que estos activos se utilizaron previamente en actividades comerciales, invalidando el reclamo de inmunidad.</p><p>“La Argentina ha utilizado los derechos de reversión en al menos dos oportunidades previas. Aunque el país afirma que no existió un uso comercial, esta afirmación carece de fundamento”, expresó la jueza en su fallo.</p><p>Fuente: Infobae</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/X89R0Pkk-Xv1Bx13_25YJ-RuC8U=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/01/corte_supremia_eeuu.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de activos soberanos por un monto estimado en 310 millones de dólares. La defensa argentina sostiene que estos activos son propiedad del Banco Central y no del Estado.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-01-27T20:00:45+00:00</updated>
                <published>2025-01-27T20:00:42+00:00</published>
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            Tasa Vial: “Nos preocupa de qué manera y quién le va a devolver el dinero a los contribuyentes”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/DZkHk5YYBCWuEXG90yG_lt2t39Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2023/05/calle-emvial-18.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras la decisión del Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de declarar inconstitucional la tasa vial que cobra el Municipio con el fin de fomentar un fondo para el arreglo de callas, desde Acción Marplatense pidieron que se avance con la derogación de la ordenanza a la vez que alertaron sobre el precedente que genera este fallo. Por eso le pidieron al Ejecutivo que presente “un plan de salida” ante la posibilidad de múltiples denuncias presentadas por diversos contribuyentes.</p><p>Desde ese bloque, la concejal Eva Ayala indicó que además de la presentación del proyecto que para que derogue la ordenanza, van a convocar al secretario de Legal, Técnica y Hacienda, Mauro Martinelli, “para conocer cuáles son los alcances y de qué manera puede salir el Municipio de esta situación en la que han sometido, por impudencias, a las finanzas municipales”.</p><p>En diálogo con Primera Tarde, por Radio Mitre Mar del Plata, Ayala señaló que le van a preguntar a Martinelli “cuál es el plan de salida que están observando. Porque hay licitaciones, compromisos que se han tomado sobre este fondo. Por lo tanto hay que ver de qué manera va a afrontar el Municipio estas licitaciones que ya han sido aprobadas”.</p><p>En cuanto a la posible derogación de la tasa y los posibles litigios que se sumen (se sabe que el Ejecutivo va a apelar el fallo haciendo hincapié en la constitucionalidad), Ayala comentó que “nos preocupa de qué manera y quién le va a devolver el dinero a los contribuyentes. Porque a través de esta sentencia podemos observar que han dejado en un pantano de litigiosidad al Municipio”.</p><p>“Lo que planteamos es que no escucharon, por la mayoría automática, cuando lo advertimos en enero en la sesión preparatoria, en la de mayores contribuyentes. Decíamos que había antecedentes con sentencias que decían que esta tasa era inconstitucional. Lo que estamos advirtiendo es que el Municipio va a tener un montón de costas, muchos honorarios por cada una de las presentaciones que pudiera hacer cualquier contribuyente frente a esta tasa vial”, manifestó la edil.</p><p>Si bien este primer fallo atiende a un solo contribuyente, el legislador Guillermo Castello, Ayala aseguró que se está preparando una causa colectiva. “Para salir de este pantano en el que por capricho han metido al Municipio es urgente derogar la ordenanza que brinda la vigencia de esta tasa en Mar del Plata”, manifestó.</p><p>Sobre qué pasará con las obras que ha encarado el Municipio y con las que ya se han licitado, la concejal opositora aseguró: “Esa es una de las preguntas, por eso hablamos de cuál es el plan, al derogarse la ordenanza el fondo no tendría vigencia. Hay que buscarle una salida para afrontar estos compromisos que tiene hoy el Municipio y recordar que la tasa vial es inconstitucional porque ya pagamos impuestos sobre los combustibles. Quiere decir que a los contribuyentes les están cobrando dos veces el mismo impuesto”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/DZkHk5YYBCWuEXG90yG_lt2t39Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2023/05/calle-emvial-18.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La concejal de Acción Marplatense Eva Ayala se refirió a la presentación que hicieron para que se derogue el discutido impuesto. Ayer la Justicia declaró su inconstitucionalidad.]]>
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                <updated>2026-03-19T18:08:23+00:00</updated>
                <published>2024-08-06T21:28:35+00:00</published>
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            La justicia le ordenó al municipio que pague 20 millones de pesos por los Polideportivos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hwOe9aJEFJSb9GwGsP5UhCdvxA0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2018/10/polideportivo-centenario.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Mar del Plata sentenció al Partido de General Pueyrredon a saldar la deuda que arrastra desde el año 2015 con la empresa Centro de Construcciones SA, que tuvo a su cargo la edificación de los polideportivos barriales durante la gestión de Gustavo Pulti.</p>
<p>El pago de los más de 20 millones de pesos corresponde la firma de cuatro contratos firmados con la comuna para construir los centros deportivos y culturales de los barrios Libertad, Colinas de Peralta Ramos, Centenario y Parque Camet. Los últimos dos quedaron inconclusos, precisamente, por el incumplimiento en la cadena de pagos, que paralizó las obras en los polideportivos que hoy se encuentran en estado de abandono.</p>
<p>La firma Centro de Construcciones S.A promovió la demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de General Pueyrredón, tendiente a obtener el reconocimiento de su derecho a percibir la suma de $ 22.564.392,64.</p>
<p>El denunciante señaló que se habían firmado cuatro contratos para la construcción de los natatorios, centros deportivos y culturales ubicados en los barrios Colinas de Peralta Ramos, Libertad, Centenario y Parque Camet de esta ciudad. Las obras iniciaron y entregó las obras del barrio Libertad el 24 de julio de 2015, la del Barrio Colinas de Peralta Ramos el 8 de septiembre del mismo año.</p>
<p>Asimismo, relató que cuando se produjo el cambio de gobierno, durante el mes de diciembre del 2015, tenía en su poder cheques entregados en pago de parte de los trabajos realizados por la suma total de $10.835.593,34. Sin embargo, desde el Municipio argumentaron la falta de fondos para pagarlos y solicitaron refinanciar la deuda.</p>
<p>La empresa accedió a esa petición y se armó un nuevo convenio de pago, pero las sumas no se abonaron ni tampoco se pagaron las que se fueron generando posteriormente por el avance de las obras en ejecución, lo cual provocó la paralización de las mismas.</p>
<p>En dicho acuerdo la comuna reconoció que a esa fecha se le adeudaba la suma de $ 20.431.100,37, en concepto de contraprestación por las tareas realizadas en las cuatro obras a su cargo, que el municipio se comprometió a abonar dicha suma en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento al 20 de enero, 20 de febrero y 20 de marzo de 2016.</p>
<p>La justicia en lo Contencioso Administrativo encontró “debidamente acreditado que la Municipalidad de General Pueyrredón le adeuda a la firma Centro de Construcciones S.A. la cantidad de $ 20.431.100,37” y se intima al Municipio a que se pague en un plazo de 30 días de quedar firme la liquidación.</p>
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                <updated>2020-02-12T14:43:50+00:00</updated>
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