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    <title>El Marplatense</title>
    <subtitle>Contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata</subtitle>
    <updated>2026-09-15T11:00:03+00:00</updated>
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            Nueva convocatoria por Iván Lentino: piden justicia tras su muerte en un operativo policial
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qhGD76ZzOjMRSAwH7ynLQ7YsGXQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/ivan_lentino_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una convocatoria bajo la consigna “Justicia por Iván Lentino” fue difundida para este martes 15 de septiembre a las 18 en la esquina de Talcahuano y Bouchard. El llamado busca reunir a vecinos y allegados para acompañar el reclamo y pedir que se esclarezcan las circunstancias de su muerte.</p><p>“Necesitamos que nos acompañen y que salga la verdad a la luz”, señala la convocatoria, en la que también se anticipa la presencia de medios de comunicación locales y nacionales.</p><p>Lentino tenía 39 años y murió el pasado 23 de agosto en la vía pública, en el barrio El Progreso, luego de una intervención de personal policial mientras atravesaba un episodio de crisis. La Justicia abrió una investigación que fue caratulada como averiguación de causales de muerte.&nbsp;</p><p>Tras el hecho, la Asociación de Familiares de Personas con Psicosis y Esquizofrenia de Mar del Plata (AFPPEM) reclamó una reunión con autoridades policiales y planteó la necesidad de mejorar la capacitación de los efectivos para intervenir ante personas que atraviesan crisis de salud mental. La entidad también pidió preservar el Grupo de Apoyo a Salud en Internaciones (GASI), especializado en este tipo de procedimientos.&nbsp;</p><p>La movilización de este martes constituye ahora una nueva instancia del reclamo por el esclarecimiento del caso, mientras la investigación judicial continúa para determinar qué ocurrió durante el procedimiento en el que murió Lentino.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qhGD76ZzOjMRSAwH7ynLQ7YsGXQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/ivan_lentino_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La concentración será a las 18 en Talcahuano y Bouchard. El reclamo se realizará mientras continúa la investigación judicial por la muerte del hombre de 39 años, ocurrida tras una intervención policial en el barrio El Progreso.]]>
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            La Justicia reabre la causa Insaurralde: ordenan 29 medidas de prueba y amplían la investigación patrimonial
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6HYnXKzJQrmuLB-9pF_lnzvndYE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/insaurralde_cirio.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez federal Juan Tomás Rodríguez Ponte, recientemente designado en el Juzgado Federal de Lomas de Zamora, resolvió reactivar la investigación en la causa que involucra al ex intendente de Lomas de Zamora Martín Insaurralde, su ex esposa Jésica Cirio y Sofía Clerici, al disponer un total de 29 medidas de prueba orientadas a ampliar el análisis patrimonial, financiero y comunicacional del expediente.</p><p>En su resolución, el magistrado dejó sin efecto el recorte temporal previamente establecido por su antecesor, el juez Luis Armella, y dio lugar a los pedidos formulados por los fiscales Sergio Mola y Diego Velasco, de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac). En ese marco, ordenó requerir a organismos de Uruguay información completa sobre dos cuentas bancarias atribuidas a Insaurralde -en GMC Securities y ABN Amro Bank- desde su apertura hasta su cierre.</p><p>Asimismo, se dispuso un análisis integral de comunicaciones y geolocalización a cargo de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco), que abarcará más de 100 líneas telefónicas vinculadas a los principales involucrados y su entorno entre 2009 y la actualidad. El objetivo es reconstruir movimientos, ubicaciones, llamadas, mensajes y registros de dispositivos para contrastar posibles inconsistencias en eventos clave de la investigación.</p><p>La medida también incluye oficios a múltiples organismos nacionales, entre ellos el Renaper, la Anses, la Superintendencia de Seguros, Coelsa, la Unidad de Información Financiera (UIF) y entidades bancarias, además de relevamientos en hipódromos y registros vinculados a posibles activos, sociedades y movimientos financieros. A ello se suman informes migratorios, cruces de facturación y verificación de donaciones y certificaciones notariales.</p><p>En el plano de las hipótesis investigativas, el expediente se estructura en torno a presuntos mecanismos de lavado de activos, entre ellos el uso de sociedades interpuestas, financiamiento de viajes y consumos en el exterior, transferencias informales de patrimonio, tenencia de bienes de lujo no declarados y posibles vínculos con el sector del juego.</p><p>En otras decisiones, el juez rechazó planteos de nulidad vinculados a pericias audiovisuales ya incorporadas a la causa, levantó restricciones de salida del país y de circulación que pesaban sobre Sofía Clerici, y desestimó la solicitud de incorporación de Elías Piccirillo por no ser considerado parte del proceso.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6HYnXKzJQrmuLB-9pF_lnzvndYE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/insaurralde_cirio.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El juez federal Juan Tomás Rodríguez Ponte ordenó pedidos de información a Uruguay, cruces telefónicos masivos y análisis patrimonial integral.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-09-09T22:39:17+00:00</updated>
                <published>2026-09-09T22:39:15+00:00</published>
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            Sin acuerdo entre Municipio y Provincia: la Justicia definirá el futuro del complejo Punta Mogotes
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oJCJ71xl5dloBSDt1xTzv1fxYuA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/11/punta_mogotes_2.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El conflicto entre la Municipalidad y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires por la administración del complejo Punta Mogotes ingresó en una nueva etapa luego de que el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 diera por finalizada la instancia de conciliación sin acuerdo entre las partes. La decisión se adoptó tras el vencimiento del plazo adicional de 72 horas otorgado en la cuarta audiencia, realizada el 31 de agosto, en el marco de una serie de encuentros previos celebrados el 30 de junio y el 4 y 18 del mes anterior.</p><p>Con la falta de consenso, la resolución del caso quedó a cargo del juez Simón Isacch, quien deberá expedirse en las próximas semanas sobre la medida cautelar presentada por la administración del intendente Agustín Neme. Dicha presentación busca frenar el proceso de licitación pública y las obras anunciadas por el Ejecutivo provincial en el predio costero.</p><p>Además, el magistrado deberá resolver la demanda de fondo impulsada por el Municipio, que reclama la restitución del complejo tras ofrecer la cancelación de una deuda histórica mediante un depósito superior a los 14 millones de pesos.</p><p>Actualmente, la administración del ente Punta Mogotes se encuentra integrada en un 70% por la Provincia y en un 30% por el Municipio.</p><p>Desde el gobierno bonaerense, encabezado por Axel Kicillof, se propuso avanzar con la transferencia de la jurisdicción una vez finalizadas las obras previstas y con la extensión de las concesiones vigentes hasta abril de 2027. Sin embargo, la gestión local rechazó la propuesta y pidió frenar cualquier modificación administrativa hasta que exista una sentencia firme.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oJCJ71xl5dloBSDt1xTzv1fxYuA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/11/punta_mogotes_2.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Juzgado Contencioso Administrativo N°1 deberá resolver la cautelar y la demanda de fondo sobre el complejo.]]>
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                                                <category term="locales" label="Locales" />
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                <published>2026-09-09T21:12:17+00:00</published>
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            El Ministerio Público Fiscal aprobó lineamientos para el uso de Inteligencia Artificial en la Justicia
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/g8A4h-JwQpDCGvGA4ahLVpgTHLo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/justicia_inteligencia_artificial.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Ministerio Público Fiscal de la Nación (MPFN) aprobó un resolución firmada por el procurador general interino Eduardo Casal, mediante la cual se establecen los Lineamientos institucionales para el uso e implementación de herramientas de Inteligencia Artificial. La normativa define un marco obligatorio para el diseño, adquisición, desarrollo y utilización de tecnologías de IA en todas las áreas del organismo judicial.</p><p>La medida se enmarca en el Programa de Inteligencia Artificial del MPF, creado por la Resolución PGN N°14/2025, y establece que estas herramientas deberán funcionar como apoyo complementario, sin reemplazar el criterio jurídico ni la toma de decisiones humanas.</p><p>De manera transitoria, la resolución dispone la prohibición estricta de cargar datos personales, información reservada o actuaciones vinculadas a causas en trámite en plataformas públicas de Inteligencia Artificial, hasta tanto se definan entornos de uso seguro y controlado.</p><p>Asimismo, se instruye a la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías a avanzar en la creación de sistemas propios para la gestión documental bajo estándares de seguridad. En paralelo, la Dirección General de Capacitación y Escuela del MPF, junto con la Secretaría de Coordinación Institucional (SCI), deberá implementar un programa permanente de formación para el personal, orientado al uso responsable de estas herramientas, la validación de resultados y la mitigación de sesgos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/g8A4h-JwQpDCGvGA4ahLVpgTHLo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/justicia_inteligencia_artificial.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Fue aprobado por el procurador Eduardo Casal. La norma prohíbe ingresar datos sensibles de causas en plataformas públicas o abiertas.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-09-05T16:36:16+00:00</updated>
                <published>2026-09-05T16:36:12+00:00</published>
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            Fallo judicial en Mar del Plata: la Cámara Federal restituyó la prisión domiciliaria a dos condenados por narcotráfico
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ClkJb1u5UWFNPwEG0t8V93fG8Vg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/carlos_fioriti.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata revocó la resolución emitida por el juez de Ejecución Nicolás Toselli, que ordenaba el traslado a un penal de dos hombres condenados por comercialización de estupefacientes, y dispuso mantener el arresto domiciliario acordado previamente entre las defensas y el Ministerio Público Fiscal, en una causa tramitada en la ciudad.</p><p>Los imputados se encontraban cumpliendo prisión preventiva domiciliaria por afecciones de salud al momento del acuerdo, cuya validez fue respaldada en la instancia de revisión. La representación fiscal ante la alzada estuvo a cargo de Carlos Fioriti, en coincidencia con el fiscal del caso, Santiago Eyherabide, quienes sostuvieron la continuidad del beneficio.</p><p>El expediente se originó tras un acuerdo pleno homologado el 12 de junio por el juez federal de Garantías Santiago Inchausti, mediante el cual se dictaron penas de hasta 4 años y 6 meses de prisión por la producción de pastillas de éxtasis y el cultivo de más de 800 plantas de marihuana. Pese a ese antecedente, Toselli consideró “inmotivada” la postura fiscal y dispuso el encierro carcelario, lo que derivó en la presentación de recursos de impugnación.</p><p>Durante la audiencia realizada el 19 de agosto, Fioriti argumentó la vulneración del principio acusatorio y la inexistencia de controversia entre las partes, en función de la normativa vigente en materia de ejecución penal y atención médica adecuada. Finalmente, los jueces de revisión Santiago Martín, Bernardo Bibel y Martín Bava hicieron lugar a los planteos, revocaron la decisión de primera instancia y ordenaron sostener la prisión domiciliaria bajo monitoreo de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal.</p><p>Asimismo, los magistrados recomendaron que este tipo de condiciones queden explicitadas en futuros acuerdos, al señalar: “Lo ideal sería que la modalidad de ejecución de la sentencia esté dispuesta en el acuerdo pleno”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ClkJb1u5UWFNPwEG0t8V93fG8Vg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/09/carlos_fioriti.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Dejó sin efecto la decisión del juez Nicolás Toselli que ordenaba el traslado a un penal. Dispuso mantener el arresto domiciliario y sugirió formalizar la modalidad en pactos futuros.]]>
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                <published>2026-09-04T11:00:00+00:00</published>
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            Causa fentanilo contaminado: procesaron a ex autoridades de la ANMAT y desestimaron cargos contra Mario Lugones
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fqlu650Tw8pS13K1ne21UdHpzI0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/03/fentanilo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez federal de La Plata Ernesto Kreplak dictó hoy el procesamiento de la ex titular de la ANMAT, Nélida Agustina Bisio, y de la ex directora del INAME, Gabriela Mantecón Fumadó, en el marco de la investigación iniciada contra los laboratorios HLB Pharma y Ramallo S.A. por casi 100 muertes derivadas del fentanilo contaminado en Buenos Aires.</p><p>El magistrado consideró a las ex funcionarias partícipes necesarias del delito de adulteración de sustancias medicinales, disponiendo un embargo de 500 millones de pesos para cada una, la inhibición general de bienes y la prohibición para salir del país.</p><p>En la misma resolución judicial, el magistrado concluyó que no existen elementos para atribuir responsabilidad penal al ministro de Salud, Mario Lugones.</p><p>Kreplak advirtió sobre una discrepancia entre la decisión política emanada desde la cartera sanitaria, orientada al cierre de los establecimientos bajo investigación, y las actuaciones administrativas que se ejecutaron posteriormente en el seno de la ANMAT e INAME.</p><p>Con estas dos nuevas decisiones, la causa judicial suma un total de 14 procesados, entre los que se encuentran directivos y personal técnico de las firmas involucradas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fqlu650Tw8pS13K1ne21UdHpzI0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/03/fentanilo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El juez federal Ernesto Kreplak procesó a las ex funcionarias Nélida Bisio y Gabriela Mantecón Fumadó por adulteración de sustancias medicinales en la causa del fentanilo contaminado.]]>
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                                <updated>2026-09-01T22:25:09+00:00</updated>
                <published>2026-09-01T22:23:41+00:00</published>
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        <title>
            Adorni obtuvo una prórroga: Lijo le dio 15 días más para justificar su patrimonio
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        <link rel="alternate" href="https://www.elmarplatense.com/adorni-obtuvo-una-prorroga-lijo-le-dio-15-dias-mas-para-justificar-su-patrimonio" type="text/html" title="Adorni obtuvo una prórroga: Lijo le dio 15 días más para justificar su patrimonio" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dBKNVPNE76ZquCQGf3XQSP6PEew=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/adorni.avif" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez federal Ariel Lijo concedió una prórroga de 15 días a Manuel Adorni para que presente documentación destinada a justificar los incrementos detectados en su patrimonio, en el marco de una causa por presunto enriquecimiento ilícito.</p><p>La extensión del plazo fue otorgada tras un pedido de la defensa, ya que vencía hoy el término inicialmente fijado por el fiscal Gerardo Pollicita, quien requirió explicaciones sobre una serie de inconsistencias vinculadas a la evolución de sus bienes.</p><p>Según la investigación, se analizan ingresos, gastos, préstamos familiares -incluidos los otorgados a Silvia Pais y Norma Zuccolo-, la adquisición de un vehículo y erogaciones destinadas a un inmueble ubicado en el barrio cerrado Indio Cuá. La causa también alcanza a su esposa, Bettina Angeletti, y abarca el período comprendido entre diciembre de 2023 y junio de 2026.</p><p>De acuerdo con el dictamen fiscal, la pareja registró $229,7 millones en ingresos frente a $272,8 millones en gastos, lo que arrojaría un saldo sin justificar de $43.068.549. Asimismo, se detectaron operaciones por USD 402.578,12 sin correlato con los ingresos declarados.</p><p>En ese contexto, el Ministerio Público Fiscal evalúa que, en caso de no resultar satisfactorias las explicaciones aportadas en este nuevo plazo, Adorni podría ser citado a prestar declaración indagatoria.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dBKNVPNE76ZquCQGf3XQSP6PEew=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/adorni.avif" class="type:primaryImage" /></figure>El fiscal detectó inconsistencias en ingresos y gastos, y no descarta citarlo a indagatoria.]]>
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                                <updated>2026-08-25T22:30:03+00:00</updated>
                <published>2026-08-25T22:30:00+00:00</published>
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        <title>
            La Justicia ordenó inspeccionar todas las unidades de transporte público en General Pueyrredon
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elmarplatense.com/la-justicia-ordeno-inspeccionar-todas-las-unidades-de-transporte-publico-en-general-pueyrredon" type="text/html" title="La Justicia ordenó inspeccionar todas las unidades de transporte público en General Pueyrredon" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_CsQSrN_rglPS5IBITf8XhUy0vc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/colectivos_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el marco de una causa iniciada tras el luctuoso accidente ocurrido en el Skate Park, la Justicia dispuso el envío de oficios a organismos de contralor para que evalúen la realización de un relevamiento e inspección de las unidades del transporte público de pasajeros en el Partido de General Pueyrredon.</p><p>La medida alcanza a la Dirección de Contralor de Transporte de la Municipalidad de General Pueyrredon y al Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la normativa vigente que regula el sistema de transporte y las facultades de fiscalización de ambos organismos.</p><p>El requerimiento judicial, firmado por el fiscal general Fabián Fernández Garello, solicita analizar la conveniencia de inspeccionar las unidades afectadas al servicio, con especial atención a aquellos colectivos que operan bajo regímenes de extensión de su vida útil, en el contexto de una investigación que involucra presuntas irregularidades y riesgos vinculados al estado de los vehículos.</p><p>Como respaldo, se incorporará documentación técnica que incluye una pericia mecánica realizada en la causa y reportes de Verificación Técnica Vehicular (VTV) emitidos por las firmas APPLUS e ITUBE Argentina S.A., elementos considerados relevantes para las tareas de fiscalización.</p><p>La resolución se apoya en lo establecido por la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley 14.442), en sus artículos 1, 28 incisos 1 y 11, 48 y 67, vinculados a las funciones de prevención y protección del interés público.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_CsQSrN_rglPS5IBITf8XhUy0vc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/colectivos_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La orden la dictó el fiscal general, Fabián Fernández Garello, tras una presentación de particulares damnificados en el luctuoso accidente ocurrido en el Skate Park.]]>
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                                <updated>2026-08-20T18:51:07+00:00</updated>
                <published>2026-08-20T18:51:05+00:00</published>
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            Corrientes: condenaron a una docente por exigir dinero a alumnas para aprobarlas
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jw7AMKj6Oarz-0RS2f9Wp7iXZdk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/justicia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La jueza de Garantías de Mercedes, Simy Beatriz Benasayag, condenó a tres años de prisión en suspenso y a tres años de inhabilitación profesional a una docente interina de la Escuela N°563 de Colonia Carlos Pellegrini, en la provincia de Corrientes, luego de acreditarse que les exigía sumas de dinero a sus alumnas para aprobarlas.</p><p>La resolución homologó un acuerdo de juicio abreviado pleno, en el cual la profesora fue declarada culpable de abuso de autoridad y concusión.</p><p>La causa analizó dos episodios ocurridos durante el ciclo lectivo 2025. En el primero, registrado entre junio y julio, la imputada le pidió $100.000 a una estudiante para eximirla de cursar, logrando cobrar $30.000 antes de presionarla mediante mensajes de WhatsApp para exigir el resto del dinero.</p><p>En el segundo hecho, ocurrido en abril de 2025, la docente le exigió $150.000 a otra alumna bajo amenaza de reprobarla, concretando el cobro mediante una transferencia por Mercado Pago.</p><p>La investigación reunió capturas de pantalla, audios, registros de transferencias bancarias, informes sociales e intervenciones del Ministerio de Educación provincial.</p><p>Además de la pena condicional y la inhabilitación para ejercer cargos públicos, la magistrada impuso una multa de $360.000 y fijó un resarcimiento económico de $480.000, dividido en dos partes iguales de $240.000 para cada denunciante. También ordenó una restricción de acercamiento de 100 metros hacia las víctimas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jw7AMKj6Oarz-0RS2f9Wp7iXZdk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/justicia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Recibió tres años de prisión en suspenso, inhabilitación profesional y una multa económica.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-08-12T17:36:09+00:00</updated>
                <published>2026-08-12T17:26:00+00:00</published>
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            La Justicia rechazó trasladar a Campana la causa contra Tapia y Toviggino
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elmarplatense.com/la-justicia-rechazo-trasladar-a-campana-la-causa-contra-tapia-y-toviggino" type="text/html" title="La Justicia rechazó trasladar a Campana la causa contra Tapia y Toviggino" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HsXfTaNML6pWnF0zKVXK_dJTrIE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/tapia_y_toviggino.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez en lo Penal Económico Diego Amarante rechazó declinar su competencia en la causa que investiga al presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, y al tesorero Pablo Toviggino, por presuntas maniobras de desvío de fondos e inconsistencias en la facturación de la entidad deportiva.</p><p>En su resolución, Amarante calificó de “ficción judicial” la estrategia que pretendía trasladar el expediente a la Justicia Federal de Campana, a partir del argumento de que la Asociación del Fútbol Argentino había establecido formalmente su domicilio social en la localidad bonaerense de Pilar.</p><p>El magistrado sostuvo que era de público conocimiento que la actividad institucional, operativa y financiera central de la AFA continuaba desarrollándose en su histórica sede de la calle Viamonte, en la Ciudad de Buenos Aires, al momento en que se produjeron los hechos que son objeto de investigación.</p><p>La disputa por la competencia territorial comenzó cuando el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, reclamó la atracción del expediente que tramita en la Justicia porteña, luego de detectar coincidencias con una causa paralela remitida desde Santiago del Estero.</p><p>Con la negativa de Amarante, el conflicto de competencia deberá ser resuelto por la Cámara en lo Penal Económico. En paralelo, la Cámara Federal de Casación programó una audiencia para el próximo miércoles 12, en el marco de la disputa judicial.</p><p>El juez Amarante ya había procesado a Tapia y Toviggino en una causa conexa por la presunta retención indebida de aportes correspondientes a la seguridad social, por un monto estimado en $19.000 millones.</p><p>Esa medida fue posteriormente confirmada en segunda instancia, junto con embargos por $350 millones y restricciones para que los dirigentes puedan salir del país.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HsXfTaNML6pWnF0zKVXK_dJTrIE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/04/tapia_y_toviggino.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El magistrado cuestionó el argumento basado en el cambio de domicilio de la AFA y sostuvo que su actividad central continuaba en la sede de Viamonte cuando ocurrieron los hechos investigados.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-08-07T22:48:28+00:00</updated>
                <published>2026-08-07T22:48:25+00:00</published>
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            Causa AFA en Miami: Leandro Petersen no declaró y negocia inmunidad con la Justicia de EE.UU.
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YsTHzOMVA1chPLXoxyggQ4fmf4Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/07/claudio_tapia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El gerente de Comercialización y Marketing de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Leandro Petersen, no se presentó hoy ante la Corte Federal de Miami en el marco de una investigación por presunto lavado de dinero y fraude bancario en Estados Unidos, ya que su defensa negocia un eventual acuerdo de inmunidad con la fiscalía.</p><p>La ausencia del directivo se produjo en el contexto de tratativas entre sus representantes legales y los fiscales federales norteamericanos, quienes evalúan su rol como testigo clave dentro del expediente que también involucra al presidente de la AFA, Claudio Tapia, y al tesorero Pablo Toviggino.</p><p>La causa es instruida por el fiscal Michael Berger, de la Fiscalía del Distrito Sur de Florida, junto a Patrick Gushue, y se centra en el análisis de más de 300 millones de dólares provenientes de contratos de patrocinio, partidos amistosos de la Selección argentina y la cesión de derechos comerciales en el exterior.</p><p>En el marco de las órdenes de comparecencia, también fueron citados el empresario teatral Javier Faroni y Diego Lucero, socio de la firma Central Park Drink, aunque ambos quedaron eximidos de declarar en esta instancia.</p><p>Las actuaciones, desarrolladas ante un Gran Jurado, buscan determinar la existencia de maniobras de fraude bancario y lavado de activos en jurisdicción estadounidense. La principal hipótesis de los investigadores apunta a la firma TourProdEnter LLC, señalada como la estructura utilizada desde 2021 para canalizar y administrar los ingresos generados por la explotación comercial del seleccionado nacional en el extranjero.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YsTHzOMVA1chPLXoxyggQ4fmf4Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/07/claudio_tapia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El directivo de la AFA no compareció ante la Corte Federal de Miami y su defensa negocia con fiscales estadounidenses en una investigación por presunto lavado de dinero y fraude bancario.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-07-30T22:47:28+00:00</updated>
                <published>2026-07-30T22:47:26+00:00</published>
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            Incineraron más de 75 kilos de marihuana y cocaína secuestrada en causas federales en Mar del Plata
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XgVNOUWSmRSjPtKQJ0OAVNT2kFA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/droga_incinerada.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Unidad Fiscal Mar del Plata, bajo la dirección interina del fiscal general Horacio Azzolin, llevó a cabo la incineración de más de 75 kilogramos de marihuana y casi 1,5 kilogramos de clorhidrato de cocaína en un crematorio privado de Miramar, en el marco de una diligencia judicial vinculada a causas federales concluidas.</p><p>El procedimiento se convirtió en la tercera quema de estupefacientes realizada en la jurisdicción desde la entrada en vigencia del sistema penal acusatorio el 7 de abril de 2025, consolidando el mecanismo de destrucción de evidencia en expedientes ya resueltos.</p><p>Los cargamentos eliminados correspondían a pruebas recolectadas en seis investigaciones finalizadas durante el primer semestre de 2026, tramitadas por la Oficina de Narcocriminalidad del Area de Investigación y Litigio de Casos Complejos y el Área de Casos Sencillos de la Unidad Fiscal.</p><p>La destrucción fue ordenada por el juez federal de Garantías Santiago Inchausti en audiencias de homologación de acuerdos de juicio abreviado, que concluyeron con 13 condenas de hasta 4 años y 8 meses de prisión efectiva, además de la suspensión del juicio a prueba para otros tres imputados.</p><p>El operativo de traslado, custodia y supervisión sanitaria se desarrolló con la participación del Area de Atención Inicial, la Oficina de Evidencias y la División Unidad Operativa de Investigaciones Especiales (DUOIE) de la Policía Federal Argentina, junto a las autoridades del crematorio que facilitaron el espacio para la diligencia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XgVNOUWSmRSjPtKQJ0OAVNT2kFA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/07/droga_incinerada.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La destrucción incluyó evidencia de seis causas cerradas con 13 condenas de hasta 4 años y 8 meses. Es la tercera incineración desde la implementación del sistema acusatorio en abril de 2025.]]>
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                                <updated>2026-07-22T21:33:47+00:00</updated>
                <published>2026-07-22T21:30:54+00:00</published>
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        <title>
            Casación rechazó un pedido de Cristina Fernández para flexibilizar su prisión domiciliaria
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YjCQWtuUMXHH7JmNrPCHv_3hj9k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cristina.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un planteo presentado por la defensa de la ex presidente Cristina Fernández, que buscaba habilitar la intervención de la Corte Suprema para revisar las condiciones de su prisión domiciliaria.</p><p>Con esta decisión, el tribunal ratificó el esquema vigente desde junio del año pasado, cuando comenzó a ejecutarse la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la causa “Vialidad”.</p><p>El recurso extraordinario pretendía que el máximo tribunal analizara tres aspectos centrales del régimen de detención: la obligatoriedad de la tobillera electrónica, las limitaciones al régimen de visitas y la prohibición de acceder a la terraza del departamento ubicado en San José 1111.</p><p>Por mayoría, los jueces de la Sala IV, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, consideraron que el planteo no cumplía con los requisitos legales para su admisión. “No reviste el carácter de una sentencia definitiva”, sostuvo Hornos, quien además indicó que no se acreditó un perjuicio irreparable.</p><p>En la misma línea, Barroetaveña afirmó que los argumentos de la defensa reflejan una discrepancia subjetiva con resoluciones previas y no una vulneración concreta de derechos constitucionales.</p><p>En disidencia, el juez Mariano Borinsky consideró que el recurso sí involucraba cuestiones de índole constitucional vinculadas a la privacidad, la intimidad y la igualdad ante la ley, y se pronunció a favor de habilitar la instancia extraordinaria.</p><p>Tras este fallo adverso, la defensa de Fernández aún puede recurrir directamente ante la Corte Suprema mediante un recurso de queja.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YjCQWtuUMXHH7JmNrPCHv_3hj9k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cristina.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Declaró inadmisible el recurso de la ex presidente para que intervenga la Corte. Se mantienen la tobillera electrónica, las restricciones de visitas y la prohibición de usar la terraza.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-07-18T12:50:07+00:00</updated>
                <published>2026-07-18T11:18:11+00:00</published>
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            Desarchivaron una causa por incumplimientos del imputado: lo llevarían a juicio por homicidio culposo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kGh2Y3772oN6FD07WYjAOcIZtqY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2024/05/tribunales.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los abogados Fernando Maximiliano Orsini y María Paula Erviti solicitaron en la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Penal N°11 de Mar del Plata el desarchivo de una causa por homicidio culposo contra un automovilista, que en octubre de 2021 atropelló y mató a un motociclista en Colón y Lamadrid. Según indicaron, se consideran incumplidas las condiciones impuestas previamente y reclaman la fijación de un juicio oral y público.</p><p>La presentación fue realizada en representación de las particulares damnificadas María Beatriz Cáceres y Romina Beatriz Cáceres, en el marco del expediente que investiga un hecho de conducción de vehículo automotor con resultado fatal contra Ricardo Aníbal Suani. Los letrados pidieron que se rechacen los planteos de la defensa del imputado y se reactive el proceso penal.</p><p>En diálogo con El Marplatense, Orsini explicó que el hecho ocurrió en la intersección de Lamadrid y Colón, cuando “el conductor venía por Lamadrid, pasa en amarillo-rojo. Venía una moto pasando en verde y ahí se produce el choque; la moto choca al vehículo”. La víctima era Ezequiel Alejandro Cáceres, un delivery de 25 años.</p><p>Respecto al encuadre legal del caso, Orsini precisó que la carátula formal es de “homicidio culposo agravado por la conducción de vehículo automotor”. En esa primera instancia judicial, el imputado y el Ministerio Público Fiscal alcanzaron una resolución alternativa, una decisión que la querella rechazó de forma contundente: “Se llega a un acuerdo: el imputado firmó un acuerdo con la fiscalía. Más allá de que nos opusimos como víctimas -el particular damnificado se opuso: la mamá y la hermana del chico fallecido-, el fiscal firmó en su momento el acuerdo”, recordó el letrado.</p><p>Sin embargo, ese pacto judicial quedó sin efecto debido a la negligencia del acusado. Según explicó el abogado, para mantener el beneficio el conductor debía cumplir ciertas reglas de conducta que ignoró por completo: “Entre las condiciones impuestas estaba un curso de manejo; tenía que ir a la universidad, a la Facultad de Psicología y demás, a hacer un curso de reflexión. Bueno, no lo hizo. Pasaron 3 años, no lo hizo...”.</p><p>Ante este escenario de total abandono de las obligaciones impuestas, la querella se presentó ante la justicia para exigir medidas firmes. El abogado relató la resolución de la fiscalía tras su presentación: “Solicitamos que se revocara ese acuerdo que quedó sujeto a esas condiciones. El fiscal en su lugar revocó y ahora vamos a juzgarlo”.</p><p>Finalmente, Orsini destacó la enorme relevancia de este giro en la causa, señalando que se trata de un precedente sumamente inusual en los tribunales: “Es algo que no ha sucedido, no sucede nunca, porque es difícil que la fiscalía revoque. Pero acá se logró por pedido de la víctima”.</p>La causa<p>En cuanto al historial de la causa, la misma había sido archivada en mayo de 2024 bajo condiciones específicas que el imputado debía cumplir en el plazo de un año. Entre ellas figuraban la realización de un curso de manejo defensivo, la asistencia a un taller de reflexión sobre el valor de la vida humana, la prohibición de conducir vehículos y un encuentro con los familiares de la víctima para pedir disculpas.</p><p>De acuerdo con la presentación, no existen constancias de cumplimiento de esas obligaciones. Incluso señalaron que en marzo de 2026 el propio Ministerio Público Fiscal dejó asentado que el imputado no había acreditado haber cumplido las reglas de conducta impuestas.</p><p>En ese contexto, la querella rechazó los argumentos de la defensa, que intentó justificar los incumplimientos mediante manifestaciones personales. Sostuvieron que las medidas dispuestas “no constituyen sugerencias ni pautas optativas”, sino obligaciones concretas fijadas por la autoridad judicial, que no pueden ser reemplazadas por decisiones unilaterales del imputado.</p><p>Asimismo, los representantes legales cuestionaron un acuerdo alcanzado en sede civil que, según la defensa, implicaría el desistimiento de la acción penal. En ese sentido, afirmaron que dicha cláusula es nula por tratarse de un delito de acción pública y remarcaron que una compensación económica no sustituye el interés del Estado en investigar y juzgar el hecho.</p><p>También indicaron que el resarcimiento económico mencionado no fue realizado directamente por el imputado, sino por una compañía aseguradora, lo que -a su criterio- refuerza la improcedencia de considerar extinguida la acción penal.</p><p>En la presentación se enfatiza que el derecho de la víctima a obtener un pronunciamiento judicial no puede ser desplazado por acuerdos privados, y que la legislación vigente exige su participación en cualquier decisión que implique la suspensión o extinción del proceso penal.</p><p>La querella sostuvo por último que mantener el archivo pese a los incumplimientos implicaría un mensaje de impunidad y una afectación a la confianza en el sistema de justicia. Por ello, solicitaron que se revoque la medida, se desarchive la causa y se cite a juicio al imputado para determinar su responsabilidad penal en un debate oral y público.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kGh2Y3772oN6FD07WYjAOcIZtqY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2024/05/tribunales.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En octubre del 2021 el imputado chocó y mató a un motociclista en Colón y Lamadrid. La Justicia le había impuesto condiciones para evitar el juicio oral y una condena penal, pero no cumplió con ellas.]]>
                </summary>
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                                <updated>2026-07-11T17:10:05+00:00</updated>
                <published>2026-07-11T16:59:12+00:00</published>
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            Confirmaron procesamientos a directivos de Jonestur por lavado de activos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jw7AMKj6Oarz-0RS2f9Wp7iXZdk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/justicia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó parcialmente los procesamientos de cuatro directivos del grupo financiero Jonestur por lavado de activos agravado, en una causa impulsada por la fiscal Laura Mazzaferri junto a la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos, a cargo del fiscal general Diego Velasco, manteniendo además embargos preventivos por $10.000 millones.</p><p>Según el tribunal, las pruebas reunidas permiten sostener que los imputados estructuraron un sistema financiero paralelo para captar divisas fuera del circuito formal, administrarlas sin control y transferirlas al exterior mediante una red de más de 30 sociedades constituidas en Panamá y cuentas en la Banca Privada de Andorra. Las auditorías detectaron que, al 31 de enero de 2018, existían nueve cuentas activas con más de 92 millones de dólares.</p><p>El fallo también consideró acreditado, en forma preliminar, que parte de los fondos tendría origen en presuntos hechos de corrupción pública investigados en otras causas. De acuerdo con la hipótesis fiscal, ese dinero habría sido canalizado al exterior para luego reinsertarse en la economía formal a través de inversiones, especialmente en el sector inmobiliario.</p><p>La investigación se inició en 2014 tras una denuncia del Banco Central de la República Argentina ante la PROCELAC por presuntas maniobras cambiarias ilegales. El expediente incluyó allanamientos, peritajes informáticos y cooperación internacional, además de instancias judiciales que llegaron a la Cámara de Casación y a la Corte Suprema, donde se revirtieron fallos de nulidad y sobreseimientos previos.</p><p>No obstante, la Cámara declaró prescripta la imputación por intermediación financiera no autorizada, descartó la figura de asociación ilícita y dictó falta de mérito para otros imputados, incluidos directivos de Transcambio. Frente a este escenario, el Ministerio Público analiza recurrir las decisiones adversas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jw7AMKj6Oarz-0RS2f9Wp7iXZdk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/justicia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El tribunal validó pruebas sobre transferencias a Panamá y Andorra, aunque descartó asociación ilícita y declaró prescripta la intermediación financiera.]]>
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                                                <category term="locales" label="Locales" />
                                <updated>2026-07-10T14:25:06+00:00</updated>
                <published>2026-07-09T21:00:00+00:00</published>
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            Agresión en Playa Grande: “La fiscalía recogió lo que planteábamos”
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.elmarplatense.com/agresion-en-playa-grande-la-fiscalia-recogio-lo-que-planteabamos" type="text/html" title="Agresión en Playa Grande: “La fiscalía recogió lo que planteábamos”" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/t3gu4clOF7DFRLFVwwxPH4JgoNI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/incidente_playa_grande.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el marco de la causa por “tentativa de homicidio” contra Matías Fay, quien el pasado 7 de junio en la zona de Playa Grande empujó a Valentín Lastra, quien finalmente fue atropellado por un auto, el abogado de la víctima, Leandro Laserna, aseguró que “la fiscalía recogió lo que planteábamos desde el principio”.</p><p>En diálogo con El Marplatense, el letrado destacó que se concretó la “notificación formal a Matías Fay que está imputado por el delito de homicidio en grado de tentativa”, lo que -según indicó- convalida la gravedad de la hipótesis sostenida por la querella.</p><p>En paralelo, Laserna explicó que el expediente fue elevado a una instancia superior: “Se está elevando a la Cámara de Apelaciones por nuestro recurso contra la eximición de prisión”, con el objetivo de revertir la medida que permite al imputado transitar el proceso en libertad.</p><p>Se recuerda que la Justicia de Garantías de Mar del Plata otorgó la eximición de prisión a Fay bajo caución juratoria, a partir de un pedido de sus defensores, Joaquín Rua y Pedro Martín Casas. Entre las condiciones impuestas, el acusado no puede ausentarse de su domicilio por más de 24 horas, debe presentarse semanalmente ante la Justicia y tiene prohibido mantener contacto con la víctima.</p><p>Sobre el avance de la instrucción, Laserna destacó nuevas medidas de prueba impulsadas por la fiscalía: “El fiscal Cubas ordenó rastrear a ver si encuentra al cuidacoches, que fue el primero en sufrir las agresiones de Fay el día del hecho”, en referencia a un testimonio considerado clave para reconstruir el inicio del episodio.</p><p>Finalmente, Laserna remarcó el estado de la causa y el volumen probatorio reunido: “La mayoría de la prueba ya fue producida” y “esto debe ser investigado como una tentativa de homicidio, ha sido finalmente lo que recogió la fiscalía y en ese sentido apunta la investigación”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/t3gu4clOF7DFRLFVwwxPH4JgoNI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/incidente_playa_grande.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El abogado de Valentín Lastra, Leandro Laserna, confirmó la imputación por tentativa de homicidio, cuestionó la eximición de prisión de Matías Fay y destacó nuevas medidas probatorias, incluida la búsqueda de un testigo clave.]]>
                </summary>
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                                <updated>2026-07-03T20:59:48+00:00</updated>
                <published>2026-07-03T20:58:12+00:00</published>
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            Punta Mogotes: la Provincia y el Municipio avanzan hacia un posible acuerdo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oJCJ71xl5dloBSDt1xTzv1fxYuA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/11/punta_mogotes_2.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El conflicto por la administración, control y eventual transferencia del complejo balneario de Punta Mogotes ingresó en una etapa de distensión tras la audiencia de conciliación realizada en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº1 de Mar del Plata, bajo la conducción del juez Simón Isacch, donde la Provincia y la Municipalidad manifestaron su voluntad de avanzar hacia un acuerdo extrajudicial.</p><p>Durante la audiencia, ambas partes expresaron la intención de encaminar una solución consensuada que permita resolver la demanda principal y las causas conexas, en un intento por destrabar las definiciones operativas sobre el complejo costero.</p><p>Ante esta disposición, el magistrado resolvió un cuarto intermedio hasta el 4 de agosto y dispuso la suspensión de todos los plazos procesales, con el objetivo de preservar el espacio de negociación y otorgar previsibilidad jurídica a las comisiones técnicas que trabajan en el posible esquema de traspaso.</p><p>El complejo Punta Mogotes es administrado desde hace más de cuatro décadas por la Administración de Punta Mogotes (APM), un ente bipartito integrado por la Provincia de Buenos Aires (70%) y el Municipio de General Pueyrredon (30%), lo que constituye el núcleo histórico del conflicto institucional.</p><p>El diferendo se intensificó en agosto de 2024, cuando el Ejecutivo municipal impulsó un reclamo formal para avanzar en la municipalización del predio, lo que derivó en una disputa judicial que se profundizó en los meses siguientes.</p><p>En paralelo, la Provincia había planteado un proceso de traspaso condicionado a una licitación de obras de modernización, mientras que el Municipio presentó una acción judicial para frenar ese procedimiento.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oJCJ71xl5dloBSDt1xTzv1fxYuA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/11/punta_mogotes_2.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En una audiencia en Mar del Plata, las partes acordaron explorar una salida extrajudicial y el juez dispuso la suspensión de plazos procesales hasta el 4 de agosto.]]>
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                                <updated>2026-07-01T22:32:22+00:00</updated>
                <published>2026-07-01T22:32:19+00:00</published>
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            Declararon culpable al medio hermano de Marcos Senesi por intento de secuestro en Miami
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y2IdQU4siDcXWdgWX-eH_hwhMgk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/medio_hermano_marcos_senesi.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia de Miami declaró culpable a Leonardo Venegas, medio hermano del futbolista Marcos Senesi, por abuso infantil e intento de secuestro de una niña de seis años, en un hecho ocurrido el 4 de julio de 2023 durante los festejos por el Día de la Independencia de Estados Unidos en el condado de Miami-Dade.</p><p>Según la investigación, Venegas, de 34 años y ex Youtuber conocido como Acido MC, merodeó la zona donde jugaba la menor y dos días después regresó en una camioneta Range Rover blanca. En ese momento, intentó sujetarla del brazo para llevársela cuando se encontraba sola.</p><p>La niña logró defenderse, lo mordió y escapó hacia su domicilio. De acuerdo con la fiscalía, antes de huir el acusado le propinó una cachetada. Las cámaras de seguridad del complejo captaron los movimientos del sospechoso, lo que permitió su identificación y posterior detención.</p><p>El fiscal Jared Lorenz sostuvo durante el juicio: “Leonardo Venegas secuestró a la nena pero, por desgracia para el acusado, eligió a la niña equivocada”. El jurado deliberó durante dos horas antes de declararlo culpable por ambos delitos.</p><p>Durante el proceso, Venegas negó los cargos y calificó a la víctima de “mentirosa”. Su defensa argumentó que se encontraba en el lugar por motivos laborales como agente inmobiliario, aunque esa versión fue desestimada.</p><p>La fiscal adjunta estatal Alejandra De Lafuente afirmó que el acusado eligió deliberadamente barrios vulnerables “donde hay niños pequeños sin supervisión para aprovecharse de ellos”. Además, remarcó que no solía frecuentar la zona donde ocurrió el hecho.</p><p>Ahora, el tribunal deberá definir la pena. Según fuentes judiciales, Venegas enfrenta una posible condena a prisión perpetua.</p><p>Con información de Infobae</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y2IdQU4siDcXWdgWX-eH_hwhMgk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/medio_hermano_marcos_senesi.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El hecho ocurrió en julio de 2023 durante los festejos por la independencia de EE.UU. El jurado lo declaró culpable tras analizar videos y testimonios clave.]]>
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                                                <category term="mundo" label="Mundo" />
                                <updated>2026-06-13T13:35:06+00:00</updated>
                <published>2026-06-13T13:06:10+00:00</published>
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            Pollicita evalúa ampliar la causa contra Adorni por enriquecimiento ilícito
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/j0zoRd4HKorqFN1mQI8pbpLMxVQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/12/adorni.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El fiscal Gerardo Pollicita evalúa ampliar la causa por presunto enriquecimiento ilícito contra el jefe de Gabinete Manuel Adorni, tras la presentación de su declaración jurada ante la Oficina Anticorrupción, en un proceso que se desarrolla en la Justicia federal y que podría extender el período bajo análisis.</p><p>Según fuentes judiciales, la fiscalía ya cuenta con la declaración pública de bienes de Adorni y de su esposa Bettina Angeletti, aunque aún aguarda el acceso a los informes reservados. El objetivo es revisar en detalle los montos declarados, su origen y las fechas correspondientes para determinar si corresponde ampliar el objeto de la investigación.</p><p>Hasta el momento, el análisis se centró en los movimientos financieros y patrimoniales desde que el funcionario asumió en el cargo. Sin embargo, si las explicaciones brindadas remiten a períodos anteriores, el fiscal podría extender el alcance temporal de la causa y solicitar nuevas medidas de prueba.</p><p>Para el análisis de la documentación, la fiscalía cuenta con la colaboración de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAFI), unidad especializada en investigaciones económicas y financieras del Ministerio Público.</p><p>En su declaración jurada correspondiente a 2025, Adorni informó un patrimonio cercano a los 945 millones de pesos. En una entrevista televisiva, sostuvo que su crecimiento patrimonial se vinculó a una inversión inicial de 200.000 dólares en criptomonedas, que habría alcanzado un valor de 500.000 dólares.</p><p>En cuanto a sus bienes, declaró deudas por más de 317.000 pesos y cerca de 188.000 dólares, además de propiedades como una vivienda en el country Indio Cuá y un departamento con cochera ubicado en Miró 500.</p><p>En paralelo, el fiscal Guillermo Marijuan solicitó la declaración jurada patrimonial del diputado bonaerense Francisco Adorni, hermano del jefe de Gabinete, para incorporarla a una investigación por presunto enriquecimiento ilícito. Según trascendió, el legislador presentó una nueva rectificación en la que informó cambios en la valuación de su vivienda en City Bell, la existencia de cinco cuentas bancarias por un total de 2.000.000 de pesos y la incorporación de una herencia.</p><p>Además de esta causa, el juez Ariel Lijo investiga a Manuel Adorni en otros expedientes. Uno de ellos analiza su vínculo con el periodista Marcelo Grandío, mientras que otro se centra en la relación entre la consultora de coaching ontológico de su esposa y empresas contratistas del Estado.</p><p>Con información de Infobae</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/j0zoRd4HKorqFN1mQI8pbpLMxVQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/12/adorni.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El fiscal analiza información reservada de la declaración jurada del jefe de Gabinete y no descarta extender el período investigado si surgen inconsistencias sobre el origen y evolución de su patrimonio.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-06-12T22:15:36+00:00</updated>
                <published>2026-06-12T22:15:34+00:00</published>
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            Perpetua para Víctor Figueroa por el doble crimen de los hermanos Coronel: “Gracias a Dios se hizo justicia”
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Xlrkgv9M47xh7rfWBeZl1J-mrpw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/justicia_hermanos_coronel_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>“Muy contentos con el fallo. Gracias a Dios se hizo justicia”. Ricardo Latorraca, familiar de los hermanos Rosana y Oscar Coronel, celebró la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata que condenó hoy a prisión perpetua a Víctor Figueroa, por el doble homicidio cometido el 23 de diciembre de 2023.</p><p>Latorraca contó a El Marplatense que luego de que se dictara la sentencia, familiares y allegados a Rosana y Oscar se dirigieron hasta el cementerio, para recordar a las víctimas, ocasión en la que aprovecharon para dejar diversas ofrendas en los nichos donde descansan sus restos.</p><p>En un fallo dictado este mediodía por los jueces Jorge Rodríguez, Pablo Viñas y Roberto Falcone, el imputado fue hallado culpable de homicidio agravado por el vínculo, por el uso de arma de fuego y por violencia de género en el caso de Rosana Coronel, y de homicidio agravado en perjuicio de Oscar Coronel.</p>Familiares y amigos dejaron su ofrenda en el lugar donde descansan los restos de Rosana y Marelo Coronel.<p>La sentencia también incluyó condenas por amenazas agravadas y portación ilegal de arma de guerra, en línea con el pedido formulado por la fiscal Romina Díaz.</p><p>Según se expuso durante el debate oral, el hecho se desencadenó a partir de una discusión por música a alto volumen. En ese contexto, Marcelo Coronel intervino para defender a su hermana, momento en el que el acusado extrajo un arma de fuego y efectuó múltiples disparos.</p><p>Como consecuencia del ataque, Rosana Coronel recibió un disparo en el cuello y su hermano un impacto en la cabeza. Ambos fueron trasladados al Hospital Interzonal General de Agudos, donde fallecieron minutos después debido a la gravedad de las heridas.</p><p>Tras el hecho, Figueroa intentó darse a la fuga en un vehículo, pero fue interceptado por personal policial en la zona de calle Magallanes al 11.400. En el automóvil se secuestró un revólver calibre.38, que había sido utilizado en el ataque.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Xlrkgv9M47xh7rfWBeZl1J-mrpw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/justicia_hermanos_coronel_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 lo encontró culpable de homicidio agravado por el vínculo, violencia de género y uso de arma de fuego. El hecho ocurrió el 23 de diciembre de 2023.]]>
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                                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                                <updated>2026-06-05T21:40:08+00:00</updated>
                <published>2026-06-05T21:23:23+00:00</published>
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