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    <title>El Marplatense</title>
    <subtitle>Contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata</subtitle>
    <updated>2025-07-17T19:36:50+00:00</updated>
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            La Justicia suspendió el decreto de Milei que disolvió Vialidad Nacional
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/07/vialidad.avif" class="type:primaryImage" /></figure><p>La jueza en lo civil, comercial y contencioso administrativo federal de San Martín, Martina Forns, suspendió el decreto 461 que el presidente de la Nación, Javier Milei, dictó el 8 de julio pasado y de ese modo disolvió la Dirección Nacional de Vialidad.</p><p>La magistrada, en su resolución, le ordenó al Poder Ejecutivo “abstenerse de ejecutar cualquier acto administrativo, que derive del decreto mencionado, incluyendo reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad“.</p><p>Lo hizo al dictar una medida cautelar en una causa que inició el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional Casa Central de la provincia de Buenos Aires (SEVINA). La jueza estableció en seis meses la vigencia de la suspensión del decreto.</p><p>En su resolución, sostuvo que en el caso se dan los dos requisitos para dictar una medida cautelar: verosimilitud en el derecho y peligro en la demora. “Dentro del limitado marco de conocimiento que admite el presente pronunciamiento cautelar, considero que se encuentran reunidos los presupuestos de admisibilidad previstos en las normas procesales para la procedencia de la medida de no innovar peticionada”, consideró la magistrada.</p><p>Además, Forns explicó que Vialidad Nacional “es una entidad autárquica de derecho público, con personalidad para actuar privada y públicamente conforme a las disposiciones” de su decreto de creación y a las leyes que dictó el Congreso de la Nación. También que la relación laboral de sus empleados se rige por la ley de contrato de trabajo y por el régimen de los trabajadores de la Dirección Nacional de Vialidad.</p><p>“Sobre tales bases, no puedo dejar de señalar que, y tal como lo refiere la actora (Nda: el gremio que inició la causa), toda disposición administrativa que altere o desnaturalice tal garantía convencional que rige esta actividad, constituye una afectación directa al principio de irrenunciabilidad de derechos consagrado en el artículo 12 de la Ley de Contrato de Trabajo, siendo nula de nulidad absoluta conforme lo establece el artículo 7 del mismo cuerpo normativo”, analizó la magistrada.</p><p>La jueza explicó que el decreto que disuelve Vialidad establece que el personal pasará a otras áreas del estado y que la estabilidad laboral se dará “hasta tanto se adecúen la conformación y estructura organizativa correspondiente” y con así “se vulneran las normas y garantías laborales vigentes que fueron detalladas en los párrafos precedentes”.</p><p>“Asimismo, resulta indudable que el artículo 33 del Decreto citado, al establecer que ‘todo movimiento de personal que se origine en la Comisión y en los organismos alcanzados por las disposiciones de los artículos 1°, 2° y 20 del presente decreto, ya sea con destino dentro de la jurisdicción o fuera de ella, independientemente de su figura de contratación o régimen de empleo, deberá contar con la aprobación previa de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado’, conlleva la subordinación de las decisiones relativas al personal de la Dirección Nacional de Vialidad a la exclusiva discrecionalidad de dicha Secretaría", sostuvo en otro tramo de su resolución.</p><p>Y agregó: “Dicha disposición vulnera de forma manifiesta el principio de estabilidad, así como los derechos laborales y sindicales reconocidos a los trabajadores estatales, al sustraerlos del ámbito de protección de las Convenciones Colectivas de Trabajo vigentes y al interferir arbitrariamente en cuestiones que, por su naturaleza, deben resolverse en el marco de la negociación colectiva y de los regímenes estatutarios respectivos”.</p><p>Así, para la jueza esta situación laboral genera “un temor a sufrir un daño inminente, derivado de un acontecimiento natural o humano, que amenaza gravemente con sacrificar un interés tutelado por el derecho”.</p><p>“Cabe señalar que la urgencia y temor de daño son las condiciones de procedencia del peligro en la demora. La falta de una protección jurisdiccional inmediata ante el riesgo cierto de un daño inminente e irreparable puede derivar en un perjuicio efectivo, frustrando el objeto del proceso y tornándolo ilusorio”, concluyó para suspender la vigencia del decreto.</p><p>El gobierno puede apelar el fallo para que sea revisado por la Cámara Federal de San Martín.</p><p>&nbsp;</p><p>Fuente: Infobae</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/07/vialidad.avif" class="type:primaryImage" /></figure>La jueza federal de San Martín, Martina Forns, aceptó el planteo de un gremio. Consideró que se ponía en riesgo la estabilidad laboral de los empleados.]]>
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                <published>2025-07-17T19:36:42+00:00</published>
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            A la espera de definiciones de la Justicia, continúa el paro de colectivos en Mar del Plata
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2019/09/Colectivos-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Unión Tranviarios Automotor (UTA) espera que en las próximas horas la Justicia se defina respecto al amparo que presentaron para que cese el bloqueo que un grupo de choferes disidentes lleva adelante en la cabecera de la empresa 25 de Mayo y que dejó sin servicio de transporte público a Mar del Plata desde el sábado por la mañana.</p>
<p>La presentación se realizó este domingo al mediodía, ante el Juzgado de Garantías Nº 2 y, entre otras cuestiones, solicita "promover acción de amparo contra el accionar de un grupo de personas que dicen representar a un grupo de choferes  de la ciudad de Mar del Plata; quienes están apostados en la terminal de salida de los micros del servicio de transporte urbano de pasajeros, impidiendo su normal salida y en consecuencia imposibilitando la prestación de este servicio esencial".</p>
<p>Por eso, la UTA pidió a la Justicia, con carácter muy urgente, una medida cautelar innovativa que "permita el egreso de los colectivos y el normal trabajo de los choferes que desean trabajar y les esta siendo imposibilitado desarrollar tal tarea".</p>
<p>Al tiempo que destaca que "se vincula con el tipo de afectación que nos convoca, por un lado la de los trabajadores de las empresas que ven cercenado su derecho a laborar y por el otro el de todos los usuarios del sistema de transporte público que por este accionar se están viendo privados de contar con colectivos para desplazarse".</p>
<p>Asimismo, la Junta Ejecutiva del gremio, difundió un comunicado en el que manifestaron: "Con relación a los hechos que provocaron la interrupción del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en la Ciudad de Mar del Plata, informamos a todos los compañeros trabajadores y a la opinión pública en general que los mismos fueron provocados por un reducido grupo de personas que no representan a los trabajadores, ni tampoco defienden sus derechos".</p>
<p>En el mismo sentido, desde la UTA agregaron que quienes llevan adelante la medida de fuerza "solo responden a mezquinos intereses personales y de otros sectores, que no son trabajadores precisamente (...) no se dejen engañar por quienes dicen defender reclamos salariales, impidiéndoles trabajar y prestar un servicio tan esencial como lo es el transporte. Este grupo de violentos solo defiende sus intereses y los intereses de los que se perjudican cuando UTA actúa en defensa de los trabajadores".</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2019/09/Colectivos-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Unión Tranviarios Automotor (UTA) espera que en las próximas horas la Justicia se defina respecto al amparo que presentaron para que cese el bloque...]]>
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                <updated>2020-07-05T19:46:35+00:00</updated>
                <published>2020-07-05T19:46:35+00:00</published>
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            La justicia frenó una decisión de Mourelle y Arroyo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2017/11/municipalidad.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Germán Stirnemann, quien se desempeñaba como titular de la división de liquidación de haberes y fue trasladado al Emder por decisión del intendente Arroyo y Hernán Mourelle, volverá a su cargo después de que la Justicia determinara una medida cautelar a su favor.</p>
<p>Esta mañana se presentaron los abogados del Sindicato de Trabajadores Municipales, representando a Stirnneman, en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Necochea en virtud de la habilitación de la Feria Judicial, y llevaron adelante la presentación de una cautelar.</p>
<p></p>
<p>La resolución de la misma fue favorable al empleado municipal, y se determinó la inmediata restitución a la Dirección de Haberes, dejando el Emder.</p>
<p>Stirnneman había sido desplazado del cargo mediante un decreto del poder Ejecutivo, por orden del Secretario de Hacienda Hernán Mourelle y del propio jefe comunal.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2017/11/municipalidad.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Germán Stirnemann, quien se desempeñaba como titular de la división de liquidación de haberes y fue trasladado al Emder por decisión del intendente Ar...]]>
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                <updated>2019-08-01T15:09:45+00:00</updated>
                <published>2019-08-01T15:07:16+00:00</published>
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            La Justicia confirmó la cautelar a favor de los docentes municipales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2018/08/aulas-escuela-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La administración de Carlos Arroyo sufrió un nuevo revés judicial este jueves. El Juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 rechazó el pedido del Ejecutivo para que se levante la medida cautelar dictada a favor de los docentes municipales respecto a la bonificación salarial que perciben desde hace 30 años y que el Intendente quiso eliminar por decreto.</p>
<p>El juez Marcelo Daniel Fernández aseguró en su fallo que "no se advierte cómo la medida cautelar dictada puede estar afectando al interés público en forma más grave que a los sujetos beneficiarios de la misma", tal y como argumentó la comuna para solicitar la suspensión o el levantamiento de la medida.</p>
<p>"En ese contexto, cabe ratificar que, por la propia naturaleza alimentaria del salario y la reducción que el mismo experimenta con el decreto de marras suspendido (desde que, si bien allí dispuso la aplicación de la garantía salarial, lo cierto es que la misma absorbe los futuros aumentos, lo cual no es ni más ni menos que una reducción) en el contexto inflacionario vivido, cabe hacer primar la situación de los actores", sostuvo el magistrado en su resolución.</p>
<p>De acuerdo a la valoración del juez, de suspenderse o levantarse la cautelar, sería mayor el perjuicio ocasionado a los docentes municipales que a la comuna. "No se ha demostrado que el sacrificio que individualmente representa para ellos soportar los efectos de la decisión cuestionada sea menor que al que supone para el Municipio cumplir con la medida dispuesta", aseguró.</p>
<p>En octubre del año pasado, Arroyo firmó un decreto que modificó la forma en la que se liquidan los salarios docentes y que, en la práctica, despojaba a los educadores de las escuelas municipales de una histórica bonificación que percibían desde 1989 y representaba unos cinco mil pesos extra en sus sueldos.</p>
<p>Luego de que desató una fuerte polémica, el Concejo Deliberante aprobó una nueva ordenanza que otorgaba legitimidad a la antigua forma de liquidación. El jefe comunal redobló la apuesta y se encargó de vetar la norma unos días después.</p>
<p>Sin embrago, más tarde, el cuerpo legislativo rechazó el veto y votó nuevamente “por insistencia” la ordenanza. Ante este revés, el Intendente realizó una presentación ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en la que demandó al Concejo Deliberante por “conflicto de poderes”.</p>
<p>En una nueva escalada del conflicto, el pasado 28 de febrero el gremio se presentó ante la Justicia Contenciosa Administrativa de Mar del Plata para solicitar la nulidad del Decreto del Ejecutivo Municipal 2272/18 en 17 expedientes.</p>
<p>El pasado 10 de marzo, la Justicia dictó una medida cautelar indicándole al Departamento Ejecutivo de General Pueyrredon que debe “dejar sin efecto tres artículos del mencionado decreto y proceder a liquidar la bonificación especial docente como lo hacia antes del dictado de ese acto administrativo”.</p>
<p>El Juez estableció un año como tiempo de ejecución de esta medida cautelar, por considerar que es tiempo suficiente para dictar la resolución de fondo. “Sin duda, este es un primer paso en el camino hacia la devolución de un derecho vulnerado”, destacaron desde el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM).</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2018/08/aulas-escuela-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La administración de Carlos Arroyo sufrió un nuevo revés judicial este jueves. El Juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 rechazó el pedido del Ejecut...]]>
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                <updated>2019-04-04T19:44:43+00:00</updated>
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