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    <title>El Marplatense</title>
    <subtitle>Contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata</subtitle>
    <updated>2026-04-11T15:25:02+00:00</updated>
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            Un fallo de la Suprema Corte contra apps de delivery avaló sanciones por incumplimientos laborales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NktaZMH3TbtED6L2ZYqAg97S1CI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/10/delivery.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires confirmó sanciones contra Rappi y Repartos Ya al validar las inspecciones realizadas por el Ministerio de Trabajo para determinar la existencia de relación de dependencia entre las plataformas y sus repartidores, en territorio bonaerense.</p><p>La decisión del máximo tribunal provincial rechazó los recursos presentados por las empresas contra fallos de primera instancia del Tribunal de Trabajo N°2 de La Plata, al considerar que los controles oficiales acreditaron la existencia de un vínculo laboral entre las firmas y los trabajadores.</p><p>En ese marco, la Corte sostuvo la legalidad de las inspecciones y otorgó valor probatorio a las actas labradas por los agentes del Ministerio que intervinieron en el terreno, en línea con lo resuelto previamente por el tribunal de grado.</p><p>Además, los jueces cuestionaron los argumentos de las compañías al señalar que no lograron refutar el eje central de la sentencia. “El interesado se centra en reproducir lo dicho en la instancia de grado, ignorando los fundamentos del pronunciamiento”, indicaron.</p><p>Uno de los aspectos centrales del fallo es la validación de las facultades de la autoridad administrativa. La Corte avaló que el Ministerio de Trabajo pueda interpretar normas laborales y calificar relaciones de trabajo con fines sancionatorios.</p><p>La resolución fue celebrada por el Gobierno bonaerense, que a través de un comunicado del Ministerio de Trabajo la calificó como “un fuerte respaldo al poder de policía del Ministerio y a su facultad de interpretar normas jurídicas”.</p><p>El punto adquiere relevancia en el marco del debate sobre el encuadramiento de los trabajadores de plataformas. Mientras las empresas sostienen que se trata de socios independientes, las inspecciones oficiales determinaron la existencia de relación laboral.</p><p>La disputa se inscribe en la tensión entre la administración de Axel Kicillof y el gobierno nacional encabezado por Javier Milei, tras la reforma laboral que define a los trabajadores de plataformas como autónomos.</p><p>En ese contexto, el ministro de Trabajo bonaerense, Walter Correa, presentó un proyecto de ley para establecer en la provincia un esquema diferente al vigente a nivel nacional.</p><p>Fuente: con información de DIB</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NktaZMH3TbtED6L2ZYqAg97S1CI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/10/delivery.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Respalda la potestad del Ministerio de Trabajo para inspeccionar, interpretar normas y sancionar, en medio de la disputa con Nación por el encuadramiento legal de los trabajadores de plataformas.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
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                <published>2026-04-11T15:15:00+00:00</published>
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            Juicios laborales: “Estamos en un cóctel explosivo que pone en serio riesgo a las pymes”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dD6A9t4c3w7xt4sLWtYb3jtarvY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2020/11/industria-trabajadores.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde la Cámara Marplatense de Empresas Comerciales y de Servicios (CAMECO) expresaron su preocupación ante un fallo de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires que produce un precedente en materia de juicios laborales, lo que a juicio de los comerciantes sólo va a “generar efectos negativos para los dos sectores”.</p><p>El caso testigo que motivó estos cambios fue el denominado “Caso Barrios”, donde la Suprema Corte declaró inconstitucional la prohibición de indexar, que era algo que impedía ciertas formas de actualización de las normas de valor, como por ejemplo que los montos se espiralicen capitalizando intereses.</p><p>Según manifestó Mariano Céspedes, encargado del departamento legal de CAMECO, “estoy de acuerdo y es cuestionable que la tasa con la que se medía había quedado desfazada con el proceso inflacionario que vivimos, pero las nuevas tasas llevan al otro extremo de ser completamente impagables”.</p><p>En declaraciones a Primera Tarde por Radio Mitre Mar del Plata, el letrado consideró que esta decisión de la Corte bonaerense “va a generar efectos negativos para los dos sectores, tanto para las empresas que no van a poder pagar y van a tener que cerrar, como para los empleados que van a cobrar”.</p><p>Céspedes indicó que a partir de esta decisión judicial se han empezado a producir sentencias con importes altísimos: “En este caso testigo se está hablando de una sentencia que -con costas- asciende a 300 millones de pesos, pero hay otras de 180 o 200. La realidad es que asociados a nuestra cámara y de distintas cámaras estamos cruzando datos y estamos en una situación desesperante”.</p><p>“Es evidente que ninguna pyme puede hacer frente a este tipo de sentencias o mucho menos valor, menos en un contexto donde el consumo aún sigue en caída, donde hay un fuerte aumento en los servicios, en los impuestos provinciales, tasas municipales, ni qué hablar en el encarecimiento de los costos. Estamos en un cóctel explosivo que pone en serio riesgo a las pymes y a la gente de trabajo”, comentó el abogado de CAMECO.</p><p>Sobre qué pueden hacer los comerciantes para intentar revertir la situación, Céspedes expresó que “no hay un cuestionamiento a la Justicia, hay un cuestionamiento sobre el cambio que aplica la Suprema Corte respecto de la prohibición de indexar y las consecuencias jurídicas y económicas que tiene eso. Y explicó que “a nivel local el escenario se complejiza un poco más porque en temas laborales, como estamos en Tribunales de instancia única, la única forma de recurrirlo es mediante un recurso extraordinario que se eleva a la Suprema Corte”.</p><p>Estos cuestionamientos de CAMECO se dan, además, en el contexto del debate por la Ley Bases que, entre otras cosas, planea cambios en las políticas laborales. “Creo que algunas de las regulaciones, como derogar la Ley Nacional de Empleo y sus multas, son necesarias porque encarecen los procesos, incluido los costos. Después hay otras reformas que nosotros como Cámara nos hemos expresado. Pero en el debate surgen las mejores ideas y sí vemos una necesidad de aggiornar un sistema que es un problema para el trabajador y para las empresas”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dD6A9t4c3w7xt4sLWtYb3jtarvY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2020/11/industria-trabajadores.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde CAMECO mostraron preocupación por fallos de la Suprema Corte provincial. Aseguran que van a “generar efectos negativos para los dos sectores: las pymes y los trabajadores”.]]>
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                                <category term="locales" label="Locales" />
                <updated>2026-03-19T18:08:23+00:00</updated>
                <published>2024-05-20T20:07:10+00:00</published>
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            El Senado votará el pliego de Sergio Torres para juez de la Corte
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GxU8k1juLWN9l0bAPlzRGJI05CA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2019/04/juez-federal-Sergio-Torres.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara de Senadores bonaerense convocó a una sesión especial para este jueves en la que los legisladores votarán el pliego de postulación del juez federal Sergio Gabriel Torres como candidato a ocupar el cargo vacante de magistrado en la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.</p>
<p>La Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado bonaerense aprobó la semana pasada el pliego que había sido enviado por la gobernadora María Eugenia Vidal a la Cámara alta.</p>
<p>El artículo 175º de la Constitución bonaerense establece que los jueces de la Suprema Corte de Justicia, el procurador y el subprocurador general serán designados por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado, otorgado en sesión pública por mayoría absoluta de sus miembros.</p>
<p>Desde su postulación, Torres sumó 387 adhesiones provenientes de diversos ámbitos académicos, de la sociedad civil, de sectores judiciales, de entidades profesionales y religiosas, según informó la agencia de noticias Télam. Entre otros, recibió el apoyo de la Universidad de Buenos Aires y de Belgrano, y en la provincia de Buenos Aires, las de la Universidad Nacional de La Plata, Universidad Nacional de La Matanza, y de la Universidad Nacional del Centro. También se sumaron instituciones de países México, Perú, España e Italia, así como también del Instituto Iberoamericano de Derecho Penal.</p>
<p>Entre las instituciones de la comunidad civil que manifestaron su adhesión se encuentran el Centro de Derechos de Víctimas del Narcotráfico; la Asociación Civil Madres en Lucha contra el paco; la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo; Sara Rus, sobreviviente de la Shoa y Madre de Plaza de Mayo Línea Fundadora; la Asociación Civil Centro de la Mujer de Virreyes; el Centro Barrial “San Alberto Hurtado” ; la Asociación Argentina de Justicia Constitucional; el Instituto de Capacitación Judicial “Dr. Juan Bautista Alberdi”; la Asociación Argentina de Salud Mental; la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT); la Asociación de Travestis, transexuales y transgéneros de la Argentina y la Mesa Nacional por la Igualdad.</p>


<p class="element element-paragraph">En la actualidad, Torres es uno de los once jueces federales que ocupan despachos en los tribunales del edificio de la avenida Comodoro Py 2002. Está a cargo desde noviembre el año 2001 del Juzgado Federal N° 12, donde, entre otros cientos de casos, estuvo radicado el expediente en el que se investigó la represión dentro de la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA).</p>




<p class="element element-paragraph">Torres, que cumplirá 55 años en julio próximo, es casado y padre de dos hijas. Ingresó a la Justicia Federal en el año 1985 y desde entonces ocupó diversos cargos en el escalafón judicial. Fue fiscal federal por unos meses y en 1994 fue designado juez en lo Criminal en la Capital: estuvo al frente del juzgado de Instrucción 24 hasta que pasó a ser juez federal siete años más tarde.</p>




<p class="element element-paragraph">Torres creció en Longchamps, provincia de Buenos Aires, se recibió de abogado en la Universidad de Buenos Aires en 1987, juega al tenis y en Comodoro Py es conocido con el sobrenombre de "El mudo", por su culto al bajísimo perfil.</p>


<p>Torres es doctor en Ciencias Jurídicas, Magister Internacional en Nuevos Delitos Penales, especialista nacional avanzado en la Lucha contra el Narcotráfico, especialista en Derecho Penal y Criminología, diplomado en Delitos de Corrupción Pública y Privada –compliance- y diplomado en DDHH, Garantías Constitucionales, Procedimiento y Globalización en el Sistema Penal Actual.</p>
<p>También fue distinguido profesor y doctor "Honoris Causa" en diversas universidades nacionales e internacionales, además de ser declarado, en 2014, "Ciudadano Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires" por la Legislatura porteña. </p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GxU8k1juLWN9l0bAPlzRGJI05CA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2019/04/juez-federal-Sergio-Torres.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara de Senadores bonaerense convocó a una sesión especial para este jueves en la que los legisladores votarán el pliego de postulación del juez...]]>
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                <updated>2019-04-11T08:03:04+00:00</updated>
                <published>2019-04-11T08:02:44+00:00</published>
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            Bonificación docente: la Suprema Corte rechazó el pedido del Concejo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7SqCGnNjUXvzLg2JSD7Pv6-R3v0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2018/10/Municipales-10.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Apenas un día antes de que los docentes municipales de Mar del Plata realicen una nueva jornada de retención de tareas, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, por unanimidad, desestimó este miércoles la solicitud del Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon para que levante la medida cautelar que ordena suspender la aplicación de la ordenanza 18257, mediante la que el Intendente Carlos Arroyo eliminó la histórica bonificación salarial que percibían desde hace 30 años.</p>
<p>"Cabe consignar que, por medio de dicha ordenanza, se estableció un sistema de bonificación diferenciado al personal de docentes municipales.
Se adjunta la resolución del máximo tribunal de justicia provincial que ratifica y mantiene la inaplicabilidad de dicha bonificación a los docentes del partido de General Pueyrredon", informaron mediante un comunicado desde el Ejecutivo municipal.</p>
<p>De acuerdo a la resolución que lleva las firmas de los seis jueces del máximo tribunal de Justicia de la provincia, "los motivos invocados por el presidente del Concejo Deliberante carecen de virtualidad para disponer el levantamiento de la medida cautelar ordenada".</p>
<p>En otro de los párrafos, los magistrados se refieren a la única prueba informativa que acompañó el Concejo en su presentación ante la Suprema Corte y aclaran que "el Convenio Colectivo de Trabajo al que se hace referencia, aún no ha sido registrado por el Ministerio de Trabajo bonaerense, por lo que corresponde, por el momento, prescindir de ella sin perjuicio de la eventual denuncia de su registración y puesta en vigencia".</p>
<p>La Suprema Corte dirime en el conflicto entre el Concejo Deliberante y el Ejecutivo municipal por la ordenanza aclaratoria que emitió el cuerpo legislativo que ratificaba el pago de la bonificación docente, que luego fue vetada por Arroyo y fue aprobada nuevamente "por insistencia" en el recinto.</p>
<p>En tanto, la semana pasada, el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 de Mar del Plata rechazó el pedido del Ejecutivo para que se levante la medida cautelar dictada a favor de los docentes municipales respecto a la bonificación salarial que perciben desde hace 30 años. El juez Marcelo Daniel Fernández aseguró en su fallo que “no se advierte cómo la medida cautelar dictada puede estar afectando al interés público en forma más grave que a los sujetos beneficiarios de la misma”, tal y como argumentó la comuna para solicitar la suspensión o el levantamiento de la medida.</p>
<p>Desde hace varios meses, los docentes municipales mantienen un enfrentamiento con el Ejecutivo municipal desde que, en octubre del año pasado, Arroyo firmó un decreto que modificó la forma en la que se liquidan los salarios docentes y que, en la práctica, despojaba a los educadores de las escuelas municipales de una histórica bonificación que percibían desde 1989 y representaba unos cinco mil pesos extra en sus sueldos.</p>
<p>Luego de que desató una fuerte polémica, el Concejo Deliberante aprobó una nueva ordenanza que otorgaba legitimidad a la antigua forma de liquidación. El jefe comunal redobló la apuesta y se encargó de vetar la norma unos días después.</p>
<p>Sin embrago, más tarde, el cuerpo legislativo rechazó el veto y votó nuevamente “por insistencia” la ordenanza. Ante este revés, el Intendente realizó una presentación ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en la que demandó al Concejo Deliberante por “conflicto de poderes”.</p>
<p>En una nueva escalada del conflicto, el pasado 28 de febrero el gremio se presentó ante la Justicia Contenciosa Administrativa de Mar del Plata para solicitar la nulidad del Decreto del Ejecutivo Municipal 2272/18 en 17 expedientes.</p>
<p>El pasado 10 de marzo, la Justicia dictó una medida cautelar indicándole al Departamento Ejecutivo de General Pueyrredon que debe “dejar sin efecto tres artículos del mencionado decreto y proceder a liquidar la bonificación especial docente como lo hacia antes del dictado de ese acto administrativo”.</p>
<p>El Juez estableció un año como tiempo de ejecución de esta medida cautelar, por considerar que es tiempo suficiente para dictar la resolución de fondo. “Sin duda, este es un primer paso en el camino hacia la devolución de un derecho vulnerado”, destacaron desde el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM).</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7SqCGnNjUXvzLg2JSD7Pv6-R3v0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2018/10/Municipales-10.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Apenas un día antes de que los docentes municipales de Mar del Plata realicen una nueva jornada de retención de tareas, la Suprema Corte de Justicia d...]]>
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                <updated>2019-04-10T18:26:44+00:00</updated>
                <published>2019-04-10T17:37:48+00:00</published>
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